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PAGO DE LIQUIDACION

  • Consulta : 1077
  • Autor : ZULEY
  • Publicado : 2011-03-21 12:30 desde la IP: 187.142.220.239
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 591
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  • Autor
    Consulta

  • ZULEY
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Guanajuato

    Buen dia, mi nombre es mayra y el motivo de mi consulta es porque tengo un familiar que trabajó durante 5 años en una estetica de cortes de pelo, ella trabajaba de viernes a domingo porque asi lo acordo con la dueña del local, ella no recibia un salario especifico, porque hubo un tiempo en que le pagaban por corte de pelo y otras veces le pagaban por dia, pero me dice que su salario por esos tres dias era de aproximadamente $800. Ella en ese tiempo que estuvo laborando no recibio ningun tipo de prestación.

    Ingresó a trabajar el 15 de febrero del 2006 y fue despedida el 20 de marzo del 2011, mi pregunta es cuanto le corresponderia de liquidación.

     

    Mucha gracias por su ayuda en verdad lo agradezco. Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1177

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Aunque no es posible cuantificar el monto de la liquidación a que tiene derecho su amiga, si puedo decirle que, si fue despedida injustificadamente, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, consistente en tres meses de salario; prima de antigüedad, consistente en doce dias de salario por cada año de servicios prestados, la que se pagacon un salario máximo equivalente a dos vecesel salario mínimo del área geográrica en que se ubica el centro de trabajo; vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios prestados, más la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por el tiempo laborado de la fecha que cumplió elúltimo año de servicios, al día que fue despedida; aguinaldo correspondiente al año 2010, más la parte proporcional de aguinaldo por el año 2011, y los salarios caídos, desde la fecha en que la despidieron hasta el día en que elparón de cumplimiento al laudo que la condene a pagarlos.

    Para la determinación de su salario, deberá considerar el total de lo que le pagaron durante el último año de servicios, y dividirlo entre el número de días trabajado, el resultado será su salario promedio diario que, salvo la prima de antigüedad, será la base para el pago de las demás prestaciones.

    Necesita hacerse asistir de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales correspondientes, ya que la demanda debe presentarla antes de que transcurran dos meses de la fecha en que la despidieron.



  • Autor
    Respuesta No: 1178

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    ZULEY: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Yo por este mismo medio SIEMPRE que doy RESPUESTAS a todas las personas que solicitan una consulta y EXISTE un colega dando respuesta a sus dudas lo hago con todo RESPETO, sin tratar de quitar VALOR alguno a sus respuestas, por lo que, RESPETUOSAMENTE, difiero a la respúesta dada por el colega que me antecede, porque?

    Bueno, al decirnos que su FAMILIAR, como último salario obtenía,  $800.00, por TRES días de trabajo, los mismos se DIVIDEN entre SIETE días, lo que nos dá como resultado el de $114.29, diarios, entonces quiere decir que su INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL por NOVENTA DIAS, sería el de $10.286.10, aclaro sin INTEGRAR, y las demás prestaciones se pagarán conforme al salario diario NOMINAL. 

    La Ley Federal del Trabajo, como proteccionista del Trabajador, no permite que se le pague un SALARIO inferior al Trabajador por semana, entonces quiere decir, que por ese lado la parte patronal TRATO de protegerse de no pagar un salario INFERIOR al mínimo, pero descuidó la Seguridad Social, que para tales efectos PODRIA acarrearle problemas.

    Pero si su familiar DESEA llegar a un CONVENIO, creo (salvo, mejor criterio)  sería conveniente, siempre y cuando no sienta FRACTURADOS sus derecho, y si así, lo acepta (el convenio) evitará mucho desgaste, y no estará ASISTIENDO cada que se le cite a las audiencias. Aclaro es mi punto de vista. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !   !

     

     

      



  • Autor
    Respuesta No: 1191

  • ZULEY
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Muchas gracias por su ayuda, en verdad lo agradezco y aprovecho para preguntarles a que prestaciones tiene derecho mi familia en caso de que ella renuncie, porque tengo entendido que las prestaciones seran menores a que si fuera despedida injustamente o no es asi?

     

    gracias y saludos



  • Autor
    Respuesta No: 1194

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si su familiar renuncia voluntariamente, sólo tendrá derecho al pago de vacaciones, prima vacacionl y aguinaldo proporcionales.

    En el caso de las vacaciones y prima vacacionl, deberá recibir el pago de las generadas al cumplir su último año de servicios, más la parte proporcional que correspondapor los días trabajados después del último año de servicios, a la fecha en que fue despedida.

    El aguinaldo, tiene derecho a quince días por el 2010 (si no se lo pagaron), más la parte proporcional por los días trabajados en el 2011, a razón de 1.25 días de aguinaldo por cada mes laborado.

    Coincido con el Licenciado Leopoldo, en el sentido que su familiar, si fue despedido, no firime ninguna renuncia, ni recibo finiquito, ni liquidación, ni ninguno otro del cual pueda desprenderse queno fue despedida, sino que ella dio por terminada voluntariamente la relación de trabajo.



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