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JUICIO POR DESPIDO

  • Consulta : 968
  • Autor : Grace Maria
  • Publicado : 2011-03-01 19:15 desde la IP: 201.144.87.45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • Grace Maria
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    Yo soy patron de una empresa familiar que nos ha costado mucho trabajo hacerla funcionar, contratamos estudiantes de medio tiempo para ayudarnos mutuamente pero uno de estos estudiantes nos pedia permiso de faltar con goce de sueldo ya que hacia sus practicas escolares durante dos semanas, cosa que por ayudarle se lo concediamos pero a como esta la situacion la ultima vez que solicito este permiso no pudimos ayudarle y se fue sin decir gracias .... ahora nos llega la demanda de despido injustificado y por no tenerlo inscrito en el imss, nos alega que ya tenia dos años con nosotros y que no lo dejamos entrar el dia que regreso despues de faltar sin permiso dos semanas ... que podemos hacer en este caso ... nos pide 20 mil pesos de indemnizacion los cuales obviamente no tenemos, les ruego me ayuden ya que si le pagamos nuestro esfuerzo de años se vendra abajo por gente que hemos querido ayudar ... gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1075

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Lo que debe usted hacer, es contratar a un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que, acreditando debidamente su personalidad como su apoderado jurídico, comparezca en la fecha y hora señaladas parala celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, ya que si a la misma no compaece usted, ya sea en forma personal o por conducto de un apoderado jurídico, se le tendrá por contestando la demanda en sentido afirmativo (es decir, por aceptando como cierto todo lo que se señala en la demanda), por perdido el derecho de ofrecer pruebas y, adicionalmente, todaslas notificaciones que se le hagan durante la tramitación del juicio, aún cuando debieran ser personales, le surtirán efecto en los Estados de la Junta.

    Por otra parte, usted está en un error al considerado a su negocio como una empresa familiar, pues de conformidad con lo que señala el artículo 351, de la Ley Federal del Trabajo, sólo se consideran como industrias familiares aquellas en las que solamente prestan su servicio los cónyuges, sus ascendientes y/po descendientes, y al haber contratado usted a estudiantes,aunque haya sido con jornadas reducidas, aunque su esposa, padres, hijos, trabajen en el establecimiento, dejó de ser un negocio familiar, precisamente porque contrató a personas ajenas al nucleo familiar.

    De igual forma, al contratar a esos jóvenes, su intención no fue la de solamente darles la oportunidad de trabajar, sino que también lo hizo precisamente con la intención de recibir su servicio, es decir, que desempeñaran un trabajo que, de una u otra manera, se traduciría en un beneficio económico para el establecimiento, aún mayor que lo que usted les pagaría como contraprestación por su servicio, y en lo primero que debió de poner especial atención, es precisamente en asegurarse que al contratarlos,lo haría sujetándose a las prevenciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, yu estando consciente que, al ser sus trabajadores, se harían acreedores a los derechos laboralesque a su favor consigna el Código Laboral.

    Por todo ello, nuevamentele sugiero que se haga de asistir de un abogado laboralista, a fin de que, debidamente orientado por él, establezca la estrategia que emplearán para defenderse en dicho juicio, buscando que el perjuicio económico que su imprevisión le ocasione, tenga el menor impacto posible.



  • Autor
    Respuesta No: 1102

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Grace: REcibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Hablas de $20,000,00, que esta persona te está pidiendo, como lo sabes? ya que por lo regular en las demandas no se señalan cantidades en dinero, sólo se señalan días y porcentajes, (aclaro, cada quien su técnica).

    Bueno, y cuanto es lo que ganaba?. De que día, a que día Trabajaba? Que antigüedad tenía? Es importante saber estos conceptos para poder orientarte y decirte cómo PROBABLEMENTE podrías convenir este asunto.

    Es necesario que te hagas asesorar de ABOGADO LABORALISTA ten mucho cuidado y no vayas con TODOLOGOS, ya que te meterían en problemas más graves. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !  



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