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LIQUIDACION
- Consulta : 943
- Autor : jon travolta
- Publicado : 2011-02-23 11:17 desde la IP: 189.227.57.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 591
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Febrero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1046
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Febrero de 2011 09:26 2011-02-24 09:26 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Ustedno tiene derecho alpago de ninguna liquidación, pues no fue despedido del trabajo,sino que voluntariamente renunció a él; en consecuencia, lo que le corresponde es in finiquito, que comprende el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, además de sueldos que hubiera devengado y no sele hayan pagado almomento de renunciar.
Vacaciones (4.5 días) $ 750.00
Prima vacacional (25% del sueldo de los días de vacaciones) $ 187.50
Aguinaldo 2010, en caso que no se le haya pagado (9.375 días) $ 1,562.43
Aguinaldo 2011 (1.875 días) $ 312.48.
El cálculo del aguinaldo lo hago tomando como hecho que usted hubierta renunciado el 15 de febrero de este año, y el correspondiente a 2010, si le fue pagado oportunamente, ya no se le adeuda.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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