Estado de Referencia: Puebla
HOLA
SOY ESTUDIANTE DE DERECHO, EN PUEBLA.
QUISIERA SABER SI EN EL CASO DE LAS UTILIDADES, EL PAGO DE ESTAS PUEDE SER RETROACTIVO.
PUES RECIEN ME PREGUNTO UNA PERSONA QUE SE VA PRESENTAR SU RENUNCIA.
LLEVA 8 AÑOS TRABAJANDO EN UNA EMPRESA CONSTRUCTORA, PERO NUNCA LE HAN PAGADO UTILIDADES, POR LO CUAL ME PREGUNTABA QUE INDEPENDIENTEMENTE DE LAS INDEMNIZACIONES MARCADAS ´POR LA LFT, ¿COMO PUDE HACER QUE LE PAGUEN LAS UTILIDADES DE LOS AÑOS ANTERIORES? PUES ENTRO A TRABAJAR DESDE EL 3 DE JUNIO DEL 2001 Y EL CONTRATO FUE POR TIEMPO INDETERMINADO.
TENGO ENTENDIDO QUE TIENE UN AÑO - A PARTIR DE LA FECHA LIMITE DE ENTREGA- PARA COBRAR SUS UTILIDADES, POR LO TANTO, ME PARECE QUE SOLO PODRA COBRAR LAS DE EL AÑO 2010 Y 2011 .
¿ O ME EQUIVOCO?
ES POR ELLO QUE ES MI DUDA, ESPERO PUEDAN RESPONDERLA, EN VERDAD SE LOS AGRADECERIA.
ATTE. tom21