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APODERADO
- Consulta : 843
- Autor : draculah444
- Publicado : 2011-02-02 19:48 desde la IP: 201.153.154.61
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Febrero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 946
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Febrero de 2011 21:04 2011-02-02 21:04 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consuklta, le informo.
Salvo los casos en que el apoderado tenga celebrado con el poderdante un contrato de trabajo, por encontrarse subordinado a sus órdenes respecto su intervención en los asuntos que le son confiados y otras actividades que le hayan sido encomendadas, no, el poderdante no tiene derecho a demandar ante las autoridades del trabajo al podedante.
Ello, porque esencialmente, el contrato de mandato es un contrato de naturaleza civil y no laboral, ya que en virtud de dicho contrato, el mandante se obliga a ejecutar por cuenta delmandante, los actos que éste le encarga, y frecuentemente, ese tipo de contrato se celebra con profesionistas que ejercen su profesión de manera independiente, sin ninguna subordinación para con el mandante, salvo la obligación de atender alas insrucciones dadas para ejercer el mandato, de forma tal que el vínculo jurídico entre el poderdante y el apoderado, se rige por las disposiciones de la legislación común, y no por la Ley Feeral del Trabajo.
Algunos casos de excepción serían, aquellos en los cuales, el mandatario o apoderado, es empleado de la empresa o establecimiento, cuyas funciones no solamente sean las de cumplir con esos encargos, sino además, otras actividades propias de un área específica del centro de trabajo. Es el caso de muchos abogados que tienen celerado un contrato de trabajo para atender distintos problemas de carácter jurídico de la empresa, y no solamente fungir como apoderados.
Si entre el poderdante y el apoderado surge algún conflicto relacionado con el desempeño y la atención de los negocios encomendados, o del cumplimento de las obligaciones que se deben unio al otro, que deba dirimirse ante los tribunales, y el contrato es de naturaleza civil, debe acudirse precisamente ante los jueces de esta materia, por ser éstos quienes tienen competencia para ello.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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