Estado de Referencia: Jalisco
El pasado 28 de mayo de 2010 sufri un accidente de trabajo consistente en un fuerte electrocutamiento al tratar de colocar una manta para el censo de poblacion por parte del INEGI, dependencia en la que me venia desempeñando con un nombramiento (contrato) por tiempo determinado.
Dicho accidente ya fue calificado por el ISSSTE, sin embargo, el INEGI, se niega a cumplir la ley del ISSSTE que en su articulo 62 dice que el pago de incapacidades debe realizarse por la dependencia desde el primer dia hasta que termine la incapacidad o bien se declare una incapacidad permanente.
Al ser un organismo decentralizado del gobierno, la unica instancia autorizada es el Tribunal Federal de consiliacion y arbitraje en el DF.
Mi nombramiento terminaba el 13 de Agosto, pero dado la complejidad del caso y de que mis quemaduras y diferentes problemas medicos no me permitian actuar, no pude viajar al DF con anterioridad ya que vivo en Guadalajara.
Ahora me comentan, que paso el tiempo, sin embargo en la ley federal de servidores publicos dice que tengo hasta 2 años para poner una demanda.
cabe mensionar que yo aun sigo incapacitado por el ISSSTE y seguire por algunos meses mas, que debo hacer para que el INEGI pague las incapacidades generadas por un accidente de trabajo debidamente calificado?
me comentan que debo ir personalmente al DF al tribunal, sin embargo no se cuantos dias tarde este tramite, ni si deba hacerlo dado los tiempos y la dificultad de la ley.
Cual seria su recomendacion?