Sala Laboral



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

URGE ASESORIA PAGO DE HORAS EXTRAS

  • Consulta : 825
  • Autor : CESBA
  • Publicado : 2011-01-31 17:38 desde la IP: 187.144.251.58
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 589
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • CESBA
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    BUEN DIA MIS FINOS Y AMIGOS ESPECIALISTAS.

    RENUNCIE EN UNA EMPRESA DONDE LABORABA DESDE LAS SEIS DE LA MAÑANA A LAS SEIS DE LA TARDE..NUNCA ME PAGARON HORAS EXTRAS, Y A LA HORA DE "FINIQUITARME" SOLO ME DIERON MI SEMANA DE FONDO Y DOSCIENTOS PESOS.

    AUNQUE FIRME MI RENUNCIA UN RECIBO DONDE APARENTEMENTE NO SE ME ADEUDA NINGUNA  PRESTACION ¿PUEDO EXIGIR ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION EL PAGO DE HORAS EXTRAS?. SE SUPONE QUE A LA HORA DE FIRMAR ME DIJERON QUE ME IBAN A PAGAR TODO CONFORME A LA LEY  Y SI LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR SON IRRENUNCIABLES ¿PUEDO EXIGIR ANTE LA JUNTA EL PAGO DE HORAS EXTRAS? Y ES QUE CADA SEMANA CALCULO QUE TRABAJABA EXTRA ALRREDEDOR DE 15 HORAS EXTRAORDINARIAS.

    EN LA EMPRESA "LALA" TIENEN LAS TARJETAS DE ENTRADA Y SALIDA, PERO NO EXISTE EN NINGUN RECIBO DE NOMINA NI OTRO DOCUMENTO QUE AVALE QUE ME HICIERON EFECTIVO EL PAGO DE HORAS EXTRAS,...Y SI ELLOS ALEGASEN QUE ME PAGARON EL TIEMPO EXTRA, ¿SE SUPONE QUE PARA EL PATRON ESTA LA CARGA DE LA PRUEBA NO?...QUE ME ACONSEJAN, Y QUE ES LO QUE DEBO APARTE RECLAMAR EN LA DEMANDA

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 935

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    No obstante que de los datos que proporciona, no aclara si dentro de la jornada se le otorgaba algún descanso para tomar alimentos, de cuánto tiempo disfrutaba y si podía salir del establecimiento para hacerlo, referencia indispensable para poder establecer el tiempo que usted trabajaba en exceso a la jornada legal, definitivamente si puede demandar al patrón por el pago de ese tiempo extraordinario trabajado, pero solamente elque haya prestado sus servicios el año anterior a la presentación de su demanda, de forma tal que entremás tiempo deje pasar, menos tiempo extraordinario podrá reclamar.

    No es óbioce para la procedencia de su reclamación la circunstancia que en el recibo finiquito que usted firmó al renunciar voluntariamente, se manifieste que no se le adeuda cantidad alguna por concepto de prestaciones de carácter laboral, pues si obran en poder de la empresa las tarjetas de asistencia, en las que constan los registros de sus horas de inoicio y terminación de la jornada de trabajo, y usted tiene en su poderlos comprobantes de pago de sueldos (los que igualmente cuenta con ellos el patrón), podrá acreditar fehacientemente eltiempo que trabajó en exceso a la jornada legal, y el laudo será emitido a su favor.

    Hágase asistir de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que inicie los trámites legales que sean necesarios, a la brevedad.



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.