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INCAPACIDAD LABORAL
- Consulta : 748
- Autor : arqui001
- Publicado : 2011-01-17 16:52 desde la IP: 189.178.216.204
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 590
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 17 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
buen día
actualmente tego una empleada que se accidento en trayecto de su casa al trabajo, lleva 4 meses inactiva por este motivo.
quiero pedir informacion sobre la situacion actual en la que se encuentra, ya que se me hace exajerado el tiempo que ha trancurrido (solo fue una caida al ir caminando por la banqueta)
a que autoridad de imss me dirijo para solicitar esta información y bajo que fuandamento legal?
espero me puedan orirntar
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 853
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Enero de 2011 19:14 2011-01-17 19:14 desde IP: 189.208.200.29
En respuestaa su consulta, le informo.
De conformidad con lo que señala el artículo 491, de la Ley Federal del Trabajo, usted puede solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que en vista de los certificados médicos respectivos; de los dictámentes que se rindan y de las pruebas que sean conducentes, se resueleva si la trabajadora debe seguir sometida almismo tratamiento médico y continuar gozando de las incapacidades que le son extendidas, o bien, procede declarar su incapacidad permanente, y el pago de la indemnización a que tenga derecho. En caso de que se determine que la trabajadora deba de continuar siendo incapacitada, podrá pedir, cada tres meses, que sean repetidos los exámenes, hasta que sea dada de alta, o se dictamine su incapacidad.
Sin embargo, deberá tomar en consideración que la determinación que tome el Instituto, no está en función dela forma en que ocurrió el accidente, sino de las lesiones que el mismo produjo a la trabajadora, de forma tal que, aún una simple caída, puede provocar una seria afectación en la salud e integridad de una persona, sonbre todo caundo, por ejemplo, se sufren fracturas cuya solidicación y curación, son tardadas.
En cualquier caso, deberá asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que la asista, oriente y asesore en los trámites que debe realizar.
Autor
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AutorRespuesta No: 858
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 12:12 2011-01-18 12:12 desde IP: 189.143.56.57
OK. AL MOMENTO DE OCURRIR EL ACCIDENTE SE LE DEBIÓ HACER LLEGAR O USTED DEBIÓ NOTIFICAR AL SEGURO EL RIESGO Y SI EFECTIVAMENTE FUÉ CONSIDERADO COMO TAL, EL PROCESO DE INHABILITACION DE SU TRABAJADORA PUEDE LLEGAR A DURAR HASTA 52 SEMANAS EN TANTO NO SE DETERMINE QUE ES APTA PARA REINTEGRARSE A SUS LABORES O QUE HA SUFRIDO UNA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL O TOTAL, AHORA BIEN EL SEGURO DEBE EMITIR LOS DIAS DE INCAPACIDADES CON LOS QUE CUENTE EL TRABAJDOR, PARA QUE ESTE A SU VEZ SE LOS EXHIBA Y NO INCURRA EN RESPONSABILIDAD POR NO ESTAR INCAPACITADO Y NO ASISTIR A LABORAR. POR LO QUE PRIMERAMENTE DEBE SER SU TRABAJADOR QUIEN LE MUESTRE LAS INCAPACIDADES RECIBIDAS PARA QUE ESTEN AVALADAS POR USTED Y LAS PUEDA PRESENTAR ANTE EL IMSS. SI TIENE ALGUNA DUDA O COMENTARIO LO INVITO A MI "OFICINA VIRTUAL" DONDE ENCONTRARA LOS NUMEROS DE CONTACTO Y SE LE PUEDA ATENDER DE MANERA PERSONAL.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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