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CAMBIO DE EMPRESA QUE CONTRATA

  • Consulta : 728
  • Autor : Xtallion
  • Publicado : 2011-01-13 10:54 desde la IP: 201.161.1.235
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 590
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  • Autor
    Consulta

  • Xtallion
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buen día, hace un par de meses nos dieron a firmar en la oficina un contrato que trabajo donde se señalaba a un patron diferente al anterior quien llevaria la nomina, pagos, etc del personal en general, pero las actividades laborales se seguirían desempeñando en las mismas instalaciones, el salario como tal nos lo redujeron sin previo aviso, aunque a nivel general las percepciones aumentaron mismas que se mencionan en el contrato, como no tenemos una copia (aunque deberian darnos una), no se si esa cantidad lo denominen como salario o solo como ingreso, ante todas estas circunstancias, es legal manejarlo de esta manera por parte de la empresa tanto saliente como la entrante?

    Pueden disminuir el salario al momento de que otra empresa sea la que nos paga aunque las actividades las desempeñemos en el mismo lugar y puesto?

     

    Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 831

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    OK. AQUI PUEDE TRATARSE DE VARIOS SUPUESTO PERO PRINCIPALMENTE DE DOS: EL PRIMERO ES QUE LA EMPRESA ESTE UTILIZANDO UN OUT-SOURCING (AGENCIA DE COLOCACION) QUIEN EN ESE MOMENTO ASUME LA RELACIÓN LABORAL, PUESTO QUE ELLOS CUBRIRAN SUS SALARIO, LES DARAN IMSS, Y PAGARAN SUS PRESTACIONES; AUNQUE SIGAN REALIZANDO SUS ACTIVIDADES EN LA MISMA EMPRESA. Y LA SEGUNDA ES POSIBLE QUE SE HAYA DADO UNA SUSTITUCIÓN PATRONAL, ES DECIR QUE AUNQUE SEA LA MISMA ACTIVIDAD, DOMICILIO Y PERSONAL HAYA CAMBIADO DE DUEÑOS EN ESTE CASO ES BUENO QUE LES HAYAN DADO SU AVISO.

    AHORA TENIAN UN MES PARA HABER DEMANDADO LA RESCICIÓN DE LA RELACION LABORAL POR CAUSAS IMABLES AL PATRON, YA QUE NO ESTA PERMITIDO LA DISMINUCIÓN DE SALARIO; LO UNICO QUE TIENEN QUE HACER COMO TRABJADORES ES ESTAR AL PENDIENTE DE LOS DESPIDOS O NUEVAS CONDICIONES DE TRABAJO QUE VAYAN EN CONTRA DE LO QUE YA TIENEN; LES RECOMIENDO QUE SE HAGAN DE ELEMENTOS COMO RECIBOS DE PAGO DE LA EMPRESA ANTERIOR, NOMBRES DE LOS DUEÑOS O JEFES, PARA CUALQUIER CIRCUNSTANCIA EVENTUAL. CUALQUIER DUDA O COMENTARIO LO INVITO A MI OFICINA VIRTUAL DONDE ENCONTRARA LOS NUMEROS DE CONTACTO. SUERTE. 



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