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RENUNCIA VOLUNTARIA

  • Consulta : 715
  • Autor : ivachi07
  • Publicado : 2011-01-09 17:38 desde la IP: 201.137.114.91
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 592
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  • Autor
    Consulta

  • ivachi07
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Que tal, abogados...tengo la siguiente consulta; un trabajador que labora en una empresa privada de gruas, tiene 20 años laborando en dicha empresa, y quisiera saber cuanto recibiria de finiquito en caso de renunciar...gana 1,500 semanales...ya que trate de sacar la cantidad aproximadamente y el resultado que me salio me parecio muy bajo, espero me puedan desglosar el resultado...y otra cosa el finiquito se saca del salario integrado o del base solamente, bueno y por si fuera del integrado, este trabajador gana 1,500 semanales sueldo base, a parte tiene u obtiene comisiones...pero estos ultimos no tiene ninguna forma de comprobar ya que no le dan ningun recibo de nomina por lo regular le pagan por cheque o en efectivo, entonces quisiera saber que con que herramientas cuento para poder exigir lo que me corresponde o que sugieren hacer...porque otra alternativa que estaba considerando ya que debido a la mala relacion o el ambiente que hay en esta empresa le he sugerido la recision del contrato...a por cierto no recibio el aguinaldo del año pasado....y para el caso de los recibos de pago deben reunir algun requisito para que tenga validez ese comprobante...???

    Bueno creo que fue muy extensa mi consulta pero quisiera que pudieran orientar....Gracias por su respuestas ! ! !

     

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  • Autor
    Respuesta No: 817

  • SENTIDOJURIDICO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    OK COMPAÑERO SI EL RENUNCIA VOLUNTARIAMENTE TIENE DERECHO A LAS SIGUIENTES CANTIDADES TOMANDO EN CUENTA UN SALARIO DE 214.28 QUE ES DE DIVIDIR 1500 ENTRE 7. AHORA BIEN SI TIENES LAS PERCEPCIONES DEL ULTIMO AÑO LO SUMAS Y DIVIDES ENTRES 365 Y ESE SERIA SU SALARIO DIARIO.

    AGUINALDO: 15 DIAS  $3214.28

    VACACIONES: 18 DIAS $3857.04

    PRIMA VACACIONAL: 4.5 DIAS $ 964.26

    PRIMA DE ANTIGUEDAD: 240 DIAS  $28320 AQUI LOS DIAS SE MULTIPLICAN AL DOBLE DEL SALARIO MINIMO, POR SER EL TOPE LEGAL

    POR OTRA PARTE  SI QUIERES PROMOVER UNA RESCISIÓN DE LA RELACION DE TRABAJO POR CAUSAS IMABLES AL PATRON TIENES QUE REVISAR LA LEY SI HAY ALGUNA CAUSAL QUE SE ADECUE, EN TERMINOS GENERALES ES QUE LE HAYAN CAMBIADO LAS CONDICIONES DE TRABAJO, LE HAYAN REDUCIDO EL SALARIO O LAS PRESTACIONES, ENTRE OTRAS. SIENDO EL CASO QUE SI LOGRARAS ACREDITAR SE RECLAMA ADEMAS:

    20 DIAS POR CADA AÑO DE SERVICIO 400 DIAS

    INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL 90 DIAS

    Y SALARIOS CAIDOS.

    O LA OTRA OPCION ES QUE SI LA EMPRESA NO QUIERE DARLE NADA AL TRABAJADOR DEMANDAR ANTE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE YA SEA EL FINIQUITO O HACERSE EL DESPEDIDO Y DEMANDAR LA INDEMNIZACION CONSITTUCIONAL.

    SI TIENES DUDAS O DESEAS MAYOR INFORMACION VISITA MI OFICINA VIRTUAL Y ENCONTRARAS LOS NUMEROS PARA CONTACTARME Y EL AREA QUE MANEJO. ESPERO HABERTE AYUDADO. 

     

     



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