Sala Laboral



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

OBLIGACION PATRONAL DESPUES DE ACCIDENTE DE TRABAJO

  • Consulta : 664
  • Autor : kelemyan
  • Publicado : 2010-12-22 14:03 desde la IP: 189.234.9.37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 590
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • kelemyan
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    HOLA, BUENAS TARDES: ALGUIEN PODRIA ACLARARME A QUE ESTA OBLIGADO EL PATRON CON UN TRABAJADOR AL QUE EL IMSS DICTAMINO INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL DE 42% DESPUES DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO? GRACIAS DE ANTEMANO.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 744

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    De conformidad con lo señalado por los artículos 498 y 499, de la Ley Federal del Trabajo, el patrón, si el trabajador está capacitado, está obligado a reponerlo en el empleo. y si no puede desempeñar el puesto que tenía, pero sí otro, deberá proporcionárselo de conformidad con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo.



  • Autor
    Respuesta No: 759

  • LIC FAVELA
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA !!! SERIA DEJARLO EN EL MISMO PUESTO SI PUEDE SEGUIR AHI O CAPACITARLO PARA OCUPAR OTRO SIEMPRE RESPETANDO SU SALARIO Y DEMAS DERECHOS YA GANADOS ...

    SI LO PRESIONA PARA QUE RENUNCIE ENTONCES ESTAMOS EN UN CASO DE DESPIDO POR PRESION LABORAL , DE ESOS EN CULIACAN TENEMOS MUCHOS..

     

    LIC JOSE ANTONIO FAVELA CARRAZCO



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.