- Inicio
- Sala Laboral
Sala Laboral
PAGO DE AGUINALDO
- Consulta : 589
- Autor : RAGD
- Publicado : 2010-12-01 19:18 desde la IP: 187.144.251.119
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 590
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 01 de Diciembre de 2010
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 637
-
Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Diciembre de 2010 21:30 2010-12-01 21:30 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si, en ambos casos, los días cuya inasistencia al trabahjo esté justificada, ya sea por corresponder a los días de descanso derivados de una incapacidad por maternidad, o como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, al generar el pago de salario íntegro en favor del trabajador, se consideran como días trabajados, no solamente para efecto delpago de aguinaldo, sino también para el com pu to delas vacaciones, prima de antigüedad y cualquier prestación contenida en la Ley Federal del Trabajo generada con motivo de la prestación del servicio.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78771209 veces.
Lecturas completas: 4101