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RIESGO DE TRABAJO

  • Consulta : 496
  • Autor : rossnegrita
  • Publicado : 2010-11-09 10:21 desde la IP: 187.131.251.30
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 590
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  • Autor
    Consulta

  • rossnegrita
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    buenos dias, tuve un riesgo de trabajo en noviembre del año pasado,el imss me esta tramitando la incapacidad permanente parcial, pero me dice el medico de medicina del trabajo que me tengo que presentar a laborar al termino de mi ultima incapacidad, la verdad no entiendo si me estan haciendo el tramite de una ipp, el problema es que en mi trabajo uno de los requisitos para que te den el empleo es que les firmes la renuncia en blanco, espero que me puedan ayudar, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 526

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Tiene razón el médico, pues el accidente laboral que usted sufrió, solamente tendrá como consecuencia que el Instituto le otorgue una pensi´pon permanente PARCIAL, y no total; en esas condiciones, una vez que sea dado de alta por el médico tratante, usted deberá presentarse a prestar sus servicios a partir del día siguiente al que concluya la incapacidad que se le haya expedido.

    El patrón está obligado a admitirlo en el trabajo, y si derivado de la pesión que usted sufrió, no puede desempeñar el mismo puesto, deberá asignarle labores en otro que pueda ejecutarlas, sin que llo signifique demérito en el salario que tiene asignado.

    De no hacerlo así el patrón, entonces deberá indemnizarlo con las mismas prestaciones que si lo estuviera despidiendo en forma injusticada; si esto ocurre, inmediatamente diríjase a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, a fin de que además de la orientación y asistencia legal que requiera, le asignen a un abogado para que proceda a demandar a la empresa y lleve a cabo todos los trámites legales que sean necesarios.



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