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VACACIONES

  • Consulta : 485
  • Autor : mavi
  • Publicado : 2010-11-05 08:38 desde la IP: 187.137.70.123
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 589
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  • Autor
    Consulta

  • mavi
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    Hola buenos días...

    Mi caso es que tengo 3 años trabajando en una empresa, me tocan 10 días de vacaciones, trabajamos de lunes a domingo con su respectivo día de descanso, pero el dueño me quiere dar los 10 días seguidos sin tomar en cuenta el día de descanso de la semana, si salgo el 8 yo había calculado regresar el día 19 a laborar, pero el me dice que tengo que regresar el 18, esta en lo correcto??? espero haberme explicado.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 514

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Usted está en lo correcto, pues su período vacacional, que de acuerdo a su antigüedad, es de diez días hábiles, lo inicia el día 8 de noviembre, solam,ente deben considerarse como vacaciones los días 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17 y 18 de noviembre, ya que el 14, por ser domingo, es su séptimo día de descanso.

    El fundamento legal se encuentra en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que las vacaciones, deben ser días laborables.



  • Autor
    Respuesta No: 518

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lic. raulcadena: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Siempre dirigiéndome con respeto, y claro que todos podemos a cometer errores sin que con esto se crea que no se conoce del tema. En este caso no coincido contigo en la RESPUESTA que le das al consultante, ya que en el 2007 hubo reformas a la Ley Federal del Trabajo en el Artículo 74, en las cuestiones de los días festivos, en este caso como el VEINTE DE NOVIEMBRE lo cambiaron para el TERCER LUNES de noviembre.

    Por lo tanto este coincide con el día 15 de noviembre, ahora bien la Ley Federal del Trabajo es clara en la cuestión de VACACIONES aquí se cuentan los días de VACACIONES más no los de DESCANSO normal del trabajador, bueno entonces quiere decir que si al trabajador le corresponden DIEZ días sólo seran DIEZ días, sin contar los días de descanso.

    Pero si lo vemos desde el punto de vista de los días que va a disfrutar de VACACIONES son los mismos que el MISMO cuantifica, por el TERCER LUNES de noviembre, que ese sí se lo deben de pagar por ser día festivo. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !  ! 



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