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PROBLEM LABORAL CONACTAS ADMINISTRATIVAS
- Consulta : 193
- Autor : antonio2703
- Publicado : 2010-09-07 13:40 desde la IP: 148.244.196.194
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 593
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 07 de Septiembre de 2010
Estado de Referencia: Estado de México
Abogados
Mi situación es la siguiente, llevo laborando para esta empresa ya 3 años mediante un contrato que solo duró 1 año, es decir llevo dos año sin contrato, me siguen pagando mi nómina y tnego los recibos que dá la empresa de nómina, hay una situación con una directora que desea despedirme y hace cerca de dos meses empezarona realizar algo que le llaman Actas Administrativas donde me han hecho firmar dos por llegadas tardes, haciendo mensión que dado a mi llegada tarde la empresa se ve afectada, me descuentan en la nómina un bono de puntualidad y ahora quieren hacerme firmar un Acta Administrativa por Incumplimiento, cabe destacar que en el contrato que tengo en las actividades a realizar estaba en blanco cuando lo firme (como comento, este docuemnto perdió vigencia hace dos años) y env erdad me preocupa perder mi empleo y asuoq ue estas Actas Administrativas las estan haciendo para correrme. No me han dado las herramientas de trabajo que he solicitado y la directora tiene una forma muy despota y grosera de dirigirse a los trabajadores.
Me podrían resolver estas preguntas porfavor:
Que opciones tengo?
Pueden hacer esto?
esto está amparado mediante alguna ley?
Estas Actas Administrativas pueden repercutir en mi empleo?
Es decir pueden en base a estas actas administrativas promover un despido justificado? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 195
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Septiembre de 2010 16:03 2010-09-07 16:03 desde IP: 189.136.180.55
antonio; Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de méxico: Indudablemente que no te deben de OBLIGAR a firmar ACTAS ADMINISTRATIVAS por cualquier motivo, las actas administrativas son para sancionar en un futuro a un trabajador, el Artículo 51 de la Ley laboral señala que: Son causas de rescición de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:...... Fraccion II.- Incurrir el patron, sus familiares ó su personal directivo ó administrativo, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos en contra del trabajador, conyuge, padres, hijos ó hermanos;
Aquí de igual manera yo te sugiero que GRABES con el celular cada ocasion que te llamen para "firmar" una acta, de igual manera TEPUEDES NEGAR, pero insisto GRABA todo lo que puedas(claro con el celular oculto) Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
Más dudas? Con gusto por este mismo medio te puedo ayudar.
Autor
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AutorRespuesta No: 198
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Septiembre de 2010 17:01 2010-09-07 17:01 desde IP: 148.244.196.194
Disculpe mi falta de conocimiento pero no me quedó muy claro las citas que su respuesta trae.
"el Artículo 51 de la Ley laboral señala que: Son causas de rescición de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:...... Fraccion II.- Incurrir el patron, sus familiares ó su personal directivo ó administrativo, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos en contra del trabajador, conyuge, padres, hijos ó hermanos;"
Es decir que posición debo tomar cuando me presenten una Acta Administrativa?
Una de las Actas que he firmado decía que era de caracter informativo para expresarme las perdidas económicas que la empresa tiene por m retardo, ahora me vana presentar un Acta Administrativa donde dirá que la empresa se ha visto afectada porque no he entregado un trabajo, mismo que en primera no me han dado las herramientas, segunda nun ca se delimito tiempo de entrega, tercera entrego reportes de actividades donde idica loq ue hago semanalmente.
Que posición debo tomar ante unActa Administrativa?
Debo firmarla (Entendí que no)?
Debo negarme?
Entiendo que si la empresa decide correrme ahi ya debo de negociarlo que a mi liquidación corresponde y en casod e no llegar a un acuerdo ya contactarte para llevar un juicio.
Autor
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AutorRespuesta No: 199
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Septiembre de 2010 21:18 2010-09-07 21:18 desde IP: 201.116.140.246
Complementando la respuesta del forista que me antecede, te comento que un acta administrativa si bien en un momento dado puede ser considerada como fundamento para aplicar una eventual rescisión a un trabajador; por lo que comentas las personas que citas el único afán que tienen es incomodarte en tu trabajo u obligarte a renunciar; ya que si quisieran rescindirte claro que es posible, siempre y cuándo se satisfagan en tu perjuicio alguna de las causales de rescisión a que alue el artículo 47 de la Ley Laboral, además de aplicar dicha sanción en términos de la parte final de dicho numeral.... En caso de que te llegaren a rescindir en base a un acta administrativa, y esta última no tuviera el soporte necesario para justificar la causal que al efecto sea invocada por el patrón para ello, este último estaría en serios problemas ante una eventual demanda, al no poder variar los extremos de la rescisión en juicio.... ahora por cuanto hace a la firma del acta que comentas, en caso de que te niegues a firmarla el patrón puede hacer constar dicha circunstancia ante la fe de dos testigos de asistencia.
Autor
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AutorRespuesta No: 202
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Septiembre de 2010 22:32 2010-09-07 22:32 desde IP: 189.253.40.220
hola, y espero terminar de aclarar tus dudas; finalmente por lo que mencionas la verdadera intencion del patron como ya has hecho referencia es buscar la forma de prescindir de tus servicios, el simple hecho de no dotarte de las herramientas para que hagas tus funciones adecuadamente; en este sentido la ley protege tus derechos como trabajador y por supuesto que tienes distintas formas de hacerlos valer; concretamente a tus preguntas las respuestas son:
1.- R: la mejor opcion es tratar de minorar las fricciones porque mencionas que no quieres perder tu trabajo, lamentablemente por esa necesidad a veces el patron te obligará a hacer cosas como firmar las actas que tal como te han dicho los anteriores foristas no debiera de ser porque efectivamente te pueden perjudicar en un futuro; claro que para eso tienen que seguir un procedimiento que se llamam paraprocesal y seguir de manera correcta todas sus etapas, por lo que si te despiden argumentando tus actas, no quiere decir que tengas todo perdido.
2.- R. no lo pueden hacer a menos que sea cierto, que hayas faltado que no cuumplas con tu trabajo o que el contenido de las actas sea veridico, de lo contrario solo estan buscando una forma de despedirte y se hacen de los elementos necesarios.
3.- R: la ley federal del trabajo salvaguarda tus derechos pero sera necesario que veas un abogado especialiosta en la materia, del ocontrario puede resultar contraproducente.
4.- R: por supuesto que repercute para ellos son elementos a su favor.
5.- R: es correcto pueden hacerlo, pero como te mencione es necesario agotar el procedimiento paraprocesal, por lo que considero que solo buscaran amedrentarte con esas actas para quye firmes una renuncia o no les pidas nada.
concluyo suguieriendote que si notas esa intencion de despedirte hables con ellos y les pidas tu liquidacion, y aunque argumenten que tienen las actas no es obice para que te paguen tus prestaciones, si gustas te puedo asesorar de manera directa al tel: 55 22 54 96 67, espero haberte ayudado.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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