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EL CUñADO PUEDE RECLAMAR PROPIEDAD DE LA CASA DE MIS PADRES?

  • Consulta : 5005
  • Autor : DanielAmezquita
  • Publicado : 2017-04-21 13:52 desde la IP: 199.168.151.39
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,278
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  • Autor
    Consulta

  • DanielAmezquita
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua
    Hola, buen dia. Tengo una consulta. Mis padres que ya fallecieron, dejaron una casa. En esa casa viven mi Hermana, su esposo, y sus dos hijos. Mi pregunta es si tras vivir mas de 5 años el puede reclamar la propiedad de la casa de alguna forma? Que me recomiendan para evitar que esto pueda suceder? Nota: Aun esta pendiente el juicio de intestado de mi padre. Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 6119

  • licnestorcruz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, te comento que no puede hacer eso, legalmente le corresponde a los descendientes directos el derecho de la masa hereditaria, en este caso en especifico, si promueven el juicio intestamentario por falta de un testamento, se llamara a quienes se crean con derecho a heredar, teniendo que acreditar en tu caso que eres progenitor del decujus (persona que fallecio).



  • Autor
    Respuesta No: 6120

  • licnestorcruz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, te comento que no puede hacer eso, legalmente le corresponde a los descendientes directos el derecho de la masa hereditaria, en este caso en especifico, si promueven el juicio intestamentario por falta de un testamento, se llamara a quienes se crean con derecho a heredar, teniendo que acreditar en tu caso que eres progenitor del decujus (persona que fallecio).



  • Autor
    Respuesta No: 6157

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    al fallecer tu progenitor, sin haber dejado testamento, los parientes mas cercanos son sus hijos por o tanto tu y tu hermana son las únicas herederas y no el no tiene ningún derecho



  • Autor
    Respuesta No: 6166

  • licfvallejo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Yo creo que la respuesta simple a tu pregunta, es NO, eso no puede pasar...lo que te recomiendo es que inicien el juicio sucesorio intestamentario para que se adjudique a los herederos (en este caso los hijos de las personas fallecidas) tanto la casa, como los demás bienes que tuvieron en vida tus papas, obvio en porcentajes respecto al numero de herederos. saludos



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