Sala Civil



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

APOYO CODIGO CIVIL HIPOTECARIO

  • Consulta : 268
  • Autor : DAGOBERTO
  • Publicado : 2010-09-19 00:20 desde la IP: 201.173.157.221
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,273
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • DAGOBERTO
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    SALUDOS !!!

    TRASPASE UNA CASA DE INFONAVIT (ANTE UN NOTARIO PUBLICO) Y A LA PERSONA QUE LE TRASPASE LA TRASPASO SIN MI CONCENTIMIENTO, HOY TENGO MAS DE 3 AÑOS EN DEMANDA FUI AL DESPACHO EXTERNO DE INFONAVIT Y EL ABOGADO ME INFORMA QUE EL PUDE DEMANDARME POR LOS ARTICULOS 530 Y 535 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CILVIL PARA DESALOJAR A LAS PERSONAS

    ME DICE QUE UNA VEZ QUE LA CSA ESTE SOLA TENGO DOS OPCIONES ENTREGARLA A INFONAVIT O QUEDARME CON ELLA.

    ESTOY ACTIVO LABORALMENTE Y MI DESCUENTO ES QUINCENAL.

    ME GUSTARIA OPINION AL RESPECTO Y CUALES SERIAN LAS CONCECUENCIAS A ESTA DEMANDA?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 380

  • OMEGASergicorp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES.

    MAS DE 30 AÑOS AL SERVICIO DE USTED.

    SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES.

    ASESORESE CON PROFESIONALES LEGALMENTE ESTABLECIDOS.

    NO ARRIESGUE  SUS INTERESES.

      PLANTA BAJA.

    COLONIA ROMA NORTE.

    TELEFONO

    HORARIO DE ATENCION DE 11:00 a 19:00 horas de lunes a viernes

    PIDA UNA CITA Y LE ATENDEREMOS COMO USTED SE MERECE.

    PRESUPUESTOS FIJOS



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.