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CREAR UNA A.C.

  • Consulta : 742
  • Autor : mexicanoanonimo
  • Publicado : 2012-08-19 22:07 desde la IP: 189.158.170.154
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,320
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  • Autor
    Consulta

  • mexicanoanonimo
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    Buenas noches, en Tampico Tamaulipas queremos crear una A.C. que pueda aceptar donaciones deducibles de impuestos, nuestra razón será para apoyar eventos culturales, sociales y manifestaciones políticas pasivas (de los ciudadanos), nos cuesta 9000 pesos con un notario el más barato, el más caro nos cobra 15,000. ¿Cobran por la solicitud en Hacienda para poder aceptar donaciones?, ¿tenemos que poner algun domicilio para la A.C. forzosamente?, esto es debido a que tememos que alguien pueda tomar represalias en contra nuestra, ¿cómo podemos comprobar a Hacienda que hemos dispuesto bien del dinero?, ¿cómo se puede pedir una concesión y un subsidio? y ¿de que manera el representante legal se puede meter en problemas al utilizar esos fondos?

    Muchas gracias de antemano.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 968

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Ya se te había dado contestación a esta Consulta, por lo que cordialmente te exhorto a no repetir tus preguntas, pues existen otra personas a quienes requieren también atención.

    Te había indicado que la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a través del SAT (Sistema de Administración Tributaria), no cobra ningún concepto para que puedas inscribirte en el Registro Federal de Causantes, y te autoricen a emitir comprobantes fiscales por las donaciones que recibas; asimismo, te había indicado que invariablemente tienes que señalar un domicilio que será donde Hacienda te notificara cualquier acto administrativo referente a tus obligaciones fiscales; Para acreditar a Hacienda que han dispuesto bien del dinero será a través de los contratos y comprobantes fiscales que deben de pedir a sus proveedores, prestadores de servicio, arrendadores, etcétera; Una vez que cuenten con la consticuón de su A.C. ante Notario y haber designado a su representante legal, deberán de acudir a cada Dependencia Gubernamental para verificar los requisitos para obtener dichas concesiones o subsidios; El representante legal puede incurrir en responsabilidad si no tiene forma de acreditar debidamente el uso o destino del dinero la Asociación Civil.



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