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EMBARGO POR SER AVAL 11 AÑOS ATRAS EN ELEKTRA

  • Consulta : 674
  • Autor : paty1012
  • Publicado : 2012-06-19 04:57 desde la IP: 187.134.202.53
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,321
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  • Autor
    Consulta

  • paty1012
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    HOLA, MI MAMA FUE AVAL DE MI HERMANO CUANDO EL TENIA 16 AÑOS (HACE 11 AÑOS, EL AHORA TIENE 27) SACARON UN MODULAR Y LO LIQUIDARON, EN LOS AÑOS SIGUIENTES MI HERMANO SIGUIO SACANDO MAS ARTICULOS DE LOS CUALES MI MAMA YA NO FIRMO COMO AVAL NI NADA. EN OCACIONES SE ATRASABA CONSIDERABLEMENTE EN SUS ABONOS Y COMO EL DOMICILIO QUE TENIA REGISTRADO ERA EL DE MI MAMA PUES SIMPRE LLAMABAN DE COBRANZA PARA QUE FUERA A ABONAR, MI  HERMANO SE CASO Y SE FUE DE LA CASA Y MI MAMA FUE A HABLAR CON UN GERENTE DE ELEKTRA Y LE COMENTO QUE YA NO LE VENDIERAN PUES YA NO VIVIA EN LA CASA Y NO SABIA SU NUEVO DOMICILIO Y ELLA NO SE HIBA A HACER RESPONSABLE DE LA DEUDA Y EL GERENTE LE COMENTO QUE MIENTRAS EL FUERA AL CORRIENTE CON SU CREDITO NO SE LO PODIAN CANCELAR (EN ESE MOMENTO EL ESTABA AL CORRIENTE CON SUS PAGOS) PERO HACE 5 MESES EL DEJO DE ABONAR Y FUERON A LA CASA DE MI MAMA Y LE DIJIERON QUE ELLA TENIA QUE PAGAR LOS $15,000 (QUINCE MIL) QUE TIENE DE ADEUDO MI MAMA LE EXPLICO AL GESTOR QUE ELLA SOLO HABIA SIDO SU AVAL EN 1 COMPRA Y NO MAS PERO EL 'ABOGADO' MUY GROSERO LE DIJO QUE NO LE INTERESABA QUE ELLA TENIA QUE PAGAR O LA HIBAN A EMBAGAR, MI HERMANO SE NIEGA A PAGAR POR FALTA DE DINERO Y MI MADRE YA ESTA DESESPERADA PORQUE EL ACOSO DEL DESPCHO JURIDICO ES DIARIO YA SE EN PRESENCIA O POR TELEFONO. 2 PREGUNTAS ¿REALMENTE LA PUEDEN EMBARGAR? ¿ QUE PUEDE HACER EN ESTE CASO? LES AGRADEZCO INFINITAMENTE SU AYUDA

     

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  • Autor
    Respuesta No: 861

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si verdaderamente tu mamá no ha firmado como aval, entonces no tiene de que preocuparse, por lo que en el caso de que lleguen nuevamente los cobranza díganles que ahí no vive la persona a quien buscan.

    Si llegan a notificar una demanda y pretender realizar un embargo, muestren recibos de teléfono, luz, predial o de agua y demuestren quien es el propietario del inmueble, asimismo, si quieren embargar televisores, refrigeradores, etcétera, tengan sus facturas de compra en el que demuestren que el propietario de dichos bienes es una persona distinta al deudor, argumenten al actuario y a los de cobranza que si continúan o pretenden realizar el embargo a pesar de demostrar lo anterior, USTEDES DEMANDARAN LOS DAÑOS Y PERJUCIOS que llégasen a ocasionar por su acción.



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