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GASTOS MEDICOS, DE TRANSPORTE Y SALARIO

  • Consulta : 653
  • Autor : cambio2012
  • Publicado : 2012-05-30 17:12 desde la IP: 201.141.33.89
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,320
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  • Autor
    Consulta

  • cambio2012
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HOLA, TUVE UNA INDIFERENCIA CON UNOS VECINOS Y ME ESTÁN COBRANDO GASTOS MÉDICOS (CON NOTAS DE REMISION) Y NOTAS DE TAXI PERO ESTOS DOCUMENTOS CARECEN DE DATOS FISCALES, ADEMÁS SUS MESES DE SALARIO PERO NO ME MUESTRAN CUANTO GANAN Ó ALGÚN CONTRATO QUE TENGAN COMO TRABAJADORES ¿ME PUEDEN AYUDAR? MIL GRACIAS.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 844

  • Cornelius
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primeramente no haces referencia de que materia trata tu asunto, es decir, que autoridad te ha encontrado culpable y si te ha condenado a la reparación de daño alguno (un Juez Penal o un Juez Cívico), independientemente de eso, si ocasionaste lesiones y los ofendidos o víctimas acreditan que por dichas lesiones acudieron a un Doctor y éste le receto el suministro de cierto medidamento para la atención de sus heridas y dicho medicamento fue adquirido en establecimientos farmaceúticos en el que solomente expidieron notas de remísión pero en estás últimas se asienta el medicamento recetado por el Doctor por dichas heridas, lo más probable es que te van a obligar pagar por ello, ahora bien, te sugiero que le pidas al Juez que al no tener recursos económicos sufientes le pides que designe un perito para que determine que el medicamente adquirido esta relacionado o no con el tratamiento o curación de las lesiones, por lo que debes tener en cuenta, que dicho perito pueda decir que si, y entonces estas obligado. 

    Por lo que se refiere a las notas de taxi, si no aparece el nombre del lesionado, la ruta o trayecto recorrido, o bien, el ofendido no demuestra que el costo del de los taxis se debió a los pagos para acudir al doctor, estos pagos no prosperarían.

    Finalmente, si no existe una constancia de incapacidad temporal expedido por Institución Médica que señale que el lesionado estaba imposibilidtado de trabajar, tampoco prosperaría que te obligaran del pago de los días que no laboro, pero de existir dicha incapacidad tendrías que pagarlo, a menos que lo haya expedido el ISSSTE o IMSS, por que entonces dichas instituciones pagas dichas incapacidades.

    Para la próxima, y con el debido respeto, ten serenidad y calma tus impetus de gladiador.



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