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FACTURACIóN

  • Consulta : 492
  • Autor : YOLANDA CAMPOS
  • Publicado : 2011-11-17 13:19 desde la IP: 189.138.4.253
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,320
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  • Autor
    Consulta

  • YOLANDA CAMPOS
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guerrero

    HOLA BUEN DIA.

    AGRADECERE ME PUEDAD AYUDAR CON ESTA DUDA.

    HASTA QUE CANTIDAD PUEDO GIRAR UN CHEQUE AL PORTADOR???

    PUEDO EN UN SOLO CHEQUE PAGAR VARIAS FACTURAS DE GASTOS DIVIERSOS?? HASTA QUE CANTIDAD

     

    GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 667

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De conformidad al artículo 179 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito:

    El cheque puede ser nominativo o ''al portador.''

    El cheque expedido por cantidades superiores a las establecidas por el Banco de México, a través de disposiciones de carácter general que publique en el Diario Oficial de la Federación, siempre será nominativo.

    El cheque que no indique a favor de quién se expide, así como el emitido a favor de persona determinada y que, además, contenga la cláusula al portador, se reará al portador.

    El cheque nominativo puede ser expedido a favor de un tercero, del mismo librador o del librado. El cheque expedido o endosado a favor del librado no será negociable.

    Luego entonces es Banxico quien limita el monto de los cheques al portador, y es justamente en el año 2009 que con el objeto de disminuir el número de fraudes que se cometen con los cheques al portador, límitó a $20,000.00 el mónto máximo que aceptarían los bancos.

    Por disposición del Banco de México, a partir del 1 de enero de 2009 se reduce el monto límite para emitir cheques al portador de 32,500 pesos a 20,000 pesos. La medida forma parte de diversas acciones que han implementado las autoridades del país para disminuir los delitos a través de estos documentos.

    En cuanto a pagar con un sólo cheque diversas facturas, es claro que lo puede hacer, pero evidencia que su contabilidad se las está llevando un carnicero y pagarán las consecuencias en la próxima visita domiciliaria que le realice el SAT. Cada cheque que expida la empresa o la persona física, debe estar respaldada con su respectivo comprobante, es decir que cada factura debe ser cubierta con su respectivo cheque.

     

     

     

    , el cheque

     

    De conformidad al Artículo 179.- El cheque puede ser nominativo o al portador.

     



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