- Inicio
- Sala Administrativa
Sala Administrativa
QUE TAN PROBABLE ES QUE COMERCIO EXTERIOR VUELVA A VISITARME?
- Consulta : 488
- Autor : marvi88
- Publicado : 2011-11-09 11:50 desde la IP: 189.163.8.187
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,323
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 09 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Guanajuato
En el mes de marzo se me realizo una visita por parte de comercio exterior, se me adjudico un crédito fiscal el cual ya fua anulado a principios de septiembre, sin embargo tengo abierto un proceso para la devolución o pago de la mercancía que se me fue embargada.
Mi abogado dice que mientras tenga ese proceso abierto tengo un 90% de probabilidad de que NO se me visite, que tan cierto es? deseo otra opinión.En caso de que me visiten y YO no me encuentre, proceden a hacer el embargo de la mercancía?
Gracias!!
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 661
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Noviembre de 2011 15:32 2011-11-11 15:32 desde IP: 187.159.23.56
Buenas tardes, si de verdad existe una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) o del Poder Judicial de la Federación (PJF) o en su caso una resolución favorable del SAT que hayan dejado sin efectos el crédito fiscal y la devolución de la mercancía embargada oen su defecto su pago YA NO TIENE PROBLEMA ALGUNO Y TAMPOCO PUEDE RECIBIR UN ACTO DE MOLESTIA REFERENTE A ESTE MISMO ASUNTO AUNQUE EL CRÉDITO FISCAL TENGA OTRO NÚMERO DE CONTROL POR PARTE DEL SAT.
Le reitero eso es sólo cuando hay una sentencia que declare la nulidad lisa y llana (TFJFA), conceda el amparo y protección de la Justicia de la Unión (PJF) o que se haya revocado lisa y llanamente (SAT) debe de ser lo que le mencioné en el párrafo anterior, pues si se ordena la reposición del procedimiento, entonces el crédito subsiste y sí le pueden hacer otra visita.
Revise su sentenica o resolución en su caso, en los puntos resolutivos debe de decir cualquiera de las siguentes frases:
1.- "SE DECLARA LA NULIDAD LISA Y LLANA" si es sentencia del TFJFA
2.- "SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN" si es sentencia del PJF
3.- "SE REVOCA LISA Y LLANAMENTE" si es resoución del SAT.
Cualquier duda quedo a sus órdenes, mi teléfono es el 044 55 34 45 76 07 y mi correo electrónico es el siguiente: c u a u h t l e h u a g u i ó n b a j o a s c a m a r r o b a h o t m a i l p u n t o c o m
A sus órdenes, hasta luego.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78673049 veces.
Lecturas completas: 4097