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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN MATERIA ADUANERA

  • Consulta : 350
  • Autor : pimm817
  • Publicado : 2011-06-06 21:35 desde la IP: 201.156.29.78
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,319
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  • Autor
    Consulta

  • pimm817
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Chiapas

    Buenas noches, cuáles son las principales violaciones normativas en los Procedimientos Administrativos en Materia Aduanera?, me proporcionaron en la escuela un PAMA y la tarea es buscarle violaciones normativas pero no sé por donde empezar.

     

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 506

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Cada asunto por si, es individualizado, y cada violacion es particular por lo que usted debe de la lectura de su acta y orden de verificacion revisar cuales no son ajustadas a derecho, esa es la labor del abogado.

    En terminos generales son violaciones de forma, las que se dan en el PAMA, recuerde que la Ley Federal del Procedimiento Administrativo establece los requisitos del acto administrativo perse, esto y las violaciones a la constitucion, son la base de su estudio entre muchas mas claro.

    Ante la omision de cualquier requisito que le indico procede declarar la nulidad,  ahora tambien hay violaciones de fondo y es ahi en donde usted debe realizar el estudio del asunto, cosa no facil y que lamentablemente para usted aqui no va a resolver ya que se requiere ver literalmente el documento para poder encontrar las mismas.

    Es cosa de estudiar entender y aplicar, empiece por leer la Ley federal del procedimiento administrativo, obvio la Constitucion, la ley federal del procedimiento contencioso administrativo, la ley en materia aduanera, y todas y cada una de aquellas leyes, reglamentos, acuerdos y circulares que esten relacionadas con el acto que pretende impugnar.

    Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 511

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches, como bien lo comenta mi colega, depende de cada caso en específico, por regla general la autoridad que lo firma es incompetente, así mismo en el caso de los pasajeros, tenemos la indebida fundamentación e indebida motivación del método de valoración de las mercancías, en fin hay varias hipótesis.

    ¿Cuál es su caso en específico y con mucho gusto puedo orientarlo a detectar esas irregularidades?, obvio no le voy a dar la respuesta porque de hacerlo, le estaría haciendo a usted un mal en vez de un beneficio.

    Mis datos están en mi oficina virtual, saludos.



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