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ESPANTADO ME QUIEREN ENBARGAR

  • Consulta : 293
  • Autor : tonymarquez4u
  • Publicado : 2011-04-12 15:22 desde la IP: 189.212.218.161
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,318
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  • Autor
    Consulta

  • tonymarquez4u
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    hola buenas tardes mi consulta es la siguiente:  se iso un contrato con una cervezeria en el cual able de vender su producto y ke ellos me ivan a prestar la cantidad de 30mil pesoslos cuales se ivan a ir descontando de la bonificacion de las ventasd ke yo isiera.  pero ellos no cumplieron con su labor del trato ya que nunca me dieran la licencia de funcionamiento con la cual podria vender cerveza, el dinero lo gaste e inverti en el negocio pero ellos ahora me kieren enbargar yake no vendo su producto.  abra alguna ley ke me ayude en mi caso  yake yo no me niego a pagar pero ellos me exigen ke en 15 dias me van a venir a enbargar podran aserlo ...  ESPERO ME PUEDAN AYUDAR EN ESTE FORO  DE IGUAL FORMA ESPERO SU PRONTA RESPUESTAS SE LAS AGRDESERE DE CORAZON...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 444

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Muy buenas tardes, siempre este tipo de relaciones entre particulares son reguladas a través de un contrato, mismo que es regido por el Código Civil de la localidad en donde el mismo se celebre y el procedimiento judicial se llevará a cabo en el lugar al que las partes contratantes hayan deseado someterse (cláusula de territorialidad).

    Pero aquí el meollo del asunto es el siguiente, primero checar muy bien a qué se obligaron cada una de las partes y los derechos que ellas tienen y ya a partir de ahí se podrá conocer porqué una parte puede demandar a la otra y SÓLO A TRAVÉS DE UNA EXISTENCIA DE UNA ORDEN EMITIDA POR UN JUEZ se le pueden embargar bienes al deudor para efecto de cubrir el adeudo (valga la expresión) que tenga con el acreedor, porque si éste llega y desea cobrarse "a lo chino" como se dice comúnmente, se le puede denunciar por robo y por otros delitos que llegue a cometer, como lo es el allanamiento de morada y el daño en propiedad ajena si es que entra por la fuerza al domicilio del deudor y casua algún daño al inmueble.

    Luego entonces si su acreedor le indica que lo va a ir embargar en 15 días, pues lo puede hacer SIEMPRE Y CUANDO EXISTA UNA ORDEN JUDICIAL QUE ASÍ LO AUTORICE y para ello debe existir previamente una DEMANDA, la cual desde luego se le debe notificar (dársele a conocer).

    Espero haber solventado su duda, quedo a sus órdenes para cualquier cuestión adicional. Hasta luego, buenas tardes.



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