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MULTA IMPUESTA POR EL SAT POR FALTA DE DECLARACION DE DIOT ¿OPCIONES?

  • Consulta : 258
  • Autor : Gustavog
  • Publicado : 2011-03-17 01:35 desde la IP: 189.163.89.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,317
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  • Autor
    Consulta

  • Gustavog
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Guanajuato

    PRIMERO QUE NADA PERMITANME EXTENDERLES UN CORDIAL SALUDO Y AGRADECER DE ANTEMANO SU TIEMPO Y AYUDA, BUENO LA SITUACION ES LA SIGUIENTE:

    HACE UN PAR DE DIAS ME LLEGO UN REQUERIMIENTO DONDE SE ME INFORMABA QUE EXISTIA UNA MULTA Y EL MONTO DE LA MISMA, PERO NO MENCIONABA QUE LA HABIA ORIGINADO NI NINGUN OTRO DATO, POR LO QUE LLAME POR TELEFONO AL NUMERO QUE VENIA DENTRO DE TAL REQUERIMIENTO, AHI ME INFORMARON QUE LA MULTA SE ORIGINO POR NO HABER PRESENTADO LA DECLARACION DEL DIOT DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO PASADO, PERO AL DIA DE HOY NO SE ME HA NOTIFICADO LA MULTA, PUESTO QUE ME DIJERON QUE EL DIA 18 DE ENERO HABIA PASADO A MI DOMICILIO Y NO ME HABIAN ENCONTRADO, PERO NO DEJARON NINGUN CITATORIO, POR LO QUE PUEDO ENTENDER QUE SE TIENE POR NO NOTIFICADO AUN, YA QUE ME DIJERON QUE PROXIMAMENTE PASARIAN A NOTIFICARME LA MULTA.

    AHORA BIEN LO QUE QUERIA SABER ES, SI REALIZO LA DECLARACION FALTANTE ANTES DE QUE SE ME NOTIFIQUE LA MULTA PUEDO CON ELLO PELEAR LA NULIDAD DE TAL MULTA, PUES ESTARIA DANDO CUMPLIMIENTO A MI OBLIGACION DE FORMA EXTEMPORANEA PERO SIN QUE AUN SE ME HAYA NOTIFICADO TAL MULTA O AUNQUE PRESENTE LA DECLARACION ANTES DE QUE SE ME NOTIFIQUE LA MULTA AUN ASI ESTA PERSISTE??

    QUE ES MAS FACTIBLE EN CASO DE QUE LO ANTERIOR NO SEA PROCEDENTE, INTERPONER UN RECURSO DE REVOCACION O TRAMITAR DIRECTAMENTE EL JUICIO DE NULIDAD??

    QUE ME RECOMIENDAN HACER YA QUE LA MULTA SE SUPONE QUE SE ORIGINO POR LA FALTA DE DECLARACION DE DIOT POR EL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO PASADO PERO AL DIA DE HOY NO SE ME HA NOTIFICADO??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 408

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De entrada presente el DIOT, sin embargo le informo que el SAT siempre podrá acreditar la notificación puesto que es una autoridad fiscal autónoma, ellos podrán demostrar que entregaron citatorio y notificación puesto que ellos mismos la elaboran, tan es así que ya le enviaron un requerimiento de la multa impuesta. De todos modos impugne la notificación ante el TFJFA, no promueva el recurso de revocación porque con ello les permite revocar para efectos.



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