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IMPUESTOS QUE YA PRESCRIBIERON

  • Consulta : 900
  • Autor : Ana Romero Mx
  • Publicado : 2013-02-26 21:51 desde la IP: 187.146.22.46
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,325
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  • Autor
    Consulta

  • Ana Romero Mx
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Colima

    Buen día.

    En el estado de Colima no pagas la tenencia si no tienes otro adeudo con el estado. Sucede que yo no soy acreedora a ese beneficio porque debo impuestos de nómina de hace más de 6 años (cosa que hasta hoy me entero). Tengo entendido que los impuestos prescriben 5 años después de que estos se originaron o fueron solicitados en pago. Qué puedo hacer en este caso para no pagar ni los impuestos (que ya prescribieron), ni la tenencia ??????

    Agradezco de antemano a quienes me asesoren en este caso.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1303

  • SandraCliment
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El Código Fiscal de la Federación, señala que las facultades de la Autoridad prescriben en 5 años, pero no debe haber gestiones de cobro... es decir 5 años, sin ningún tipo de documento emitido por el SAT para cobrarte (cosa, practicamente imposible).

     

    Desconozco si la legislación del Estado de Colima, prevea algo diferente a lo que te comentó, pero es una gestión difícil, busca a un buen abogado fiscalista en tú localidad. 

     

    Saludos. 



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