Estado de Referencia: Tamaulipas
Me encuentro ante un caso administrativo en donde a mi cliente se le determina una pension provisional por enfermedad general (incapacidad parcial), sin embargo, la incapacidad que presenta es permanente puesto que es degenerativa, lo especial del caso es que dicha incapacidad se deriva de una mala atencion medica al existir error en el diagnostico y ser intervenida innecesariamente lesionandole un nervio en el area de la cadera. ya existe queja resuelta ante dicho caso en donde segun el IMSS no hay responsabilidad medica y por tanto no se entra al estudio juridico del mismo, aun estoy en tiempo del recurso de inconformidad pero el articulo 295 de la ley del IMSS limita el acceso a la efectiva justicia por lo que podria interponer juicio ordinario laboral (lo cual es una facultad concurrente y no excluyente del derechohabiente a mi juicio), en si la duda es si me concentro en el cambio del dictamen y la responsablidad medica la aludo en otra via y forma, empero, en este ultimo caso, existe una correlacion indivisible entre el hecho administrativo que origino la incapacidad y el mencionado dictamen ...