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P RE C I S I Ó N PROPIEDAD SIN ESCRITURAS
- Consulta : 708
- Autor : Amoangeles
- Publicado : 2012-07-19 23:03 desde la IP: 189.141.212.44
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,323
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 19 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Agrego a la información del tema PROPIEDAD SIN ESCRITURAS que cuento con los 180 pagares originales pagados que contempkla el contrato preliminar.
También con los recibos originales de los servicios de agua, predial y luz pagados a nombre del propietario (MI PADRE FINADO).
En la cláusula SEGUNDA del contrato preliminar dice "El cliente esá conforme en suscribir pagarés por el monto de cado uno de los pagos que deba hacer a cuenta del enganche y de cada una de las mensualidades, en las que se considerarán incluidos la amoritización de capital e intereses. Los pagarés los recibirá "La compañia" bajo la condición, salvo buen cobro, y queda expresamente establecido que la entrega de los mismos no obliga a ésta a otorga la escritura de compra-venta corresponidente, sino hasta la liquidación total del adeudo.
Respecto a la escrituración, en la cláusula SEXTA dice "La escritura de compraventa corrrespondiente será tirada ante el notario que designe "La Compañia", una vez que le hayan sido totalmente pagadas las cantidades convenidas en la cláusula segunda de este contrato y los intereses moratorios, correspondiente en su caso...Los gastos de escritura y registros serán por cuent exclusiva del "cliente".
Por último, hago mención de que soy hija y albacea nombrada por ambos padres y las dos heredaderas universales designadas por mi padre siguen habitando este inmueble
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 887
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Julio de 2012 22:55 2012-07-20 22:55 desde IP: 189.245.75.189
¿Y cuál es tu consulta, duda, inquietud o lo que se le asimile?
Autor
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AutorRespuesta No: 894
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Julio de 2012 23:30 2012-07-20 23:30 desde IP: 201.170.91.142
Amoangeles. Debes aclarar tus ideas y decirnos en que quieres que se te ayude. Tienes mucha informacion de tu caso pero cual es tu pregunta ?
Autor
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AutorRespuesta No: 895
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Julio de 2012 23:56 2012-07-21 23:56 desde IP: 189.141.212.44
Bueno, mi pregunta es ¿El contrato preliminar de compraventa, los pagarés originales, los recibos de todos servicios a nombre del comprador, son suficientes ante el juez para demostrar la propiedad de un inmueble?
Gracias de antemano por su atención!
Autor
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AutorRespuesta No: 896
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Julio de 2012 12:55 2012-07-24 12:55 desde IP: 201.170.90.251
Amoangeles. No. Las propiedades o bienes inmuebles deben de acuerdo a la ley estar registradas ante el registro Publico de la Propiedad y del Comercio. Y la manera como la obttuvieron tus padres es por medio de lo que tu dices ( Contrato, Pagares, recibos de luz a,gua, predial, etc). Pero para el Registro Publico de la Propiedad y del C. estos recibos no es lo importante. El Registro Publico quiere que el propietario presente LAS ESCRITURAS DEL INMUEBLE. Y para llegar a eso hay dos caminos. Que Te presentes ante un Notario y presentes una serie de requisitos como que el antiguo sueño te traspaso o vendio su legitima propiedad. Y lo firme m ratifique ante notario.
En tu caso los recibos que tu tienes son prueba que tus padres estuvieron pagando su propiedadm luz , agua etc. pero que son los legitimos propietarios No esta probado , tienen que terminar lo que les pide el Notario para que el Notario la eleve a escritura Publica. y entonces llevarla ante el Registrador Publico.
Si tus padres mueren y dejan inconcluso este tramite ante el RPPYC, entonces tu propiedad no tiene escrituras. Y tu si eres la heredera lo que estas heredando seria la documentacion que prueba que tus padres la compraron y la estuvieron pagando. Pero que ellos eran los legitimos propietarios ante el RPPYC no esta probado.
Y para llegar a eso tendrias dos tareas para llegara eso 1.- llevar un juicio Sucesorio para recibir la herencia de tus padres ( Los documentos de la Propiedad ) legalmente y con ello despues .
2-- Tienes que demandar un Juicio de Prescripcion ante el Juzgado Civil para probar con tus documentos ( Contratos , pagares etc y pruebas testimoniales, etc ) que tu y tu familia han estado en posesion legitima y de buena fe( 5 años) la propiedad que dices y al final el Juez de lo Civil mandara inscribirla al RPPY del Comercio la Sentencia donde se te reconoce la legitima propiedad.
Espero te haya ayudado.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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