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NEGATIVA DE AUTORIDAD MUNICIPAL PARA OTORGAR LICENCIA DE FUNCIONAMIENT
- Consulta : 604
- Autor : villayzapata
- Publicado : 2012-04-19 14:08 desde la IP: 189.148.25.65
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,318
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 19 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Yucatán
BUENAS TARDES A TODOS. ¿EN EL CASO DE QUE UNA AUTORIDAD MUNICIPAL. PRESIDENTA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE TICUL, YUC. SE NIEGUE A OTORGAR UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO A UN ESTABLECIMIENTO MERCANTIL QUE YA ABRIO SUS PUERTAS, PROCEDE LA CLAUSURA Y QUE REQUISITOS DEBE CUMPLIR EL ACTA DE CLAUSURA?
¿CUAL ES LA INSTANCIA ANTE LA CUAL HAY QUE INCONFORMARSE POR ESTA NEGATIVA?
YA SE SOLICITO UNA AUDIENCIA CON ELLA DE MANERA ESCRITA Y SE HA NEGADO A ATENDERNOS
GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 781
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Abril de 2012 13:07 2012-04-23 13:07 desde IP: 201.137.46.196
Hola que tal, mira por lo regular cualquier giro debe tener el permiso correspondiente para funcionar, es decir que para tener la certeza que son respetados los usos de suelo y la seguridad del personal que labora y clientes, se obtienen previamente los permisos, asi que eres susceptible de tener sanciones entre ellas la clausura, por lo regular se hace a travès de un procedimiento administrartivo seguido a manera de juicio (te deben dar la garantía de audiencia)
no obstante a un derecho de petición siempre debe haber una respuesta de la utoridad debidamente fundada y motivada, en esta tesitura la autoridad debe contestar tu solictud y ante su omisión tiene a todas luces posibilidad de acudir al amparo para que te conteste y una vez vista su respuesta si la misma no es apegada a derecho impugnarla. Espero te sirva esta información.
Autor
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AutorRespuesta No: 808
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Mayo de 2012 19:29 2012-05-10 19:29 desde IP: 189.138.219.178
Primeramente, hay que revisar si la clausura se llevo acabo de acuerdo, a la legalidad municipal
que normalmente se regula en el bando de policia y buen gobierno, y en la ley de procedimiento
administrativo del estado, y si es el caso de que se llevo este procedimiento apegado a la ley,
tienes derecho a impugnar ante el area jurídica del municipio con un recurso admministrativo,
y de no concederte la liberación de la clausura, se impugna ante el tribunal contencioso del estado.
Es importante saber los detalles, por que si has cubierto los requisitos se argumenta positiva ficta,
si los has solicitado y no se ha contestado se configura la negativa ficta y se entiende que se te negó
el permiso, y se hace valer esta situación en el tribunal contencioso del estado, estre otros argumentos
que cualquier abogado con experiencia en materia administrativa te puede detectar y conseguir tu permiso.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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