- Inicio
- Sala Administrativa
Sala Administrativa
ARTICULO 105 SECCION VII CONTRABANDO EQUIPARADO POR MANEJAR CARRO AJEN
- Consulta : 555
- Autor : Buen Samaritano
- Publicado : 2012-03-05 21:06 desde la IP: 201.102.89.8
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,319
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 05 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas Noches A todos los interesados y con las mismas experiencias que un servidor.
Primero que nada quiero dar las gracias por toda la ayuda que me ofrecieron y mandarles un fuerte Abrazo.
Bueno esto es lo que me paso hace unos dias; Mi cunado ciudadano americano Joe introdujo un vehiculo con permiso temporal de 180 dias pago 44 dls y dejo una garantia de 300 dls, manejamos el carro hasta la ciudad de Mexico. En la frontera el agente de migracion dijo que podia un familiar manejarlo, nunca especifico que atras de dicho permiso trae las condiciones de ser americano y mexicano que vive en el extranjero pero bueno continuo para no dibagar mucho. resulta que mi abuelita de 84 anos sufre una paralisis cerebral y se la llevan de emergencias al hospital, mi cunado que esta en espera de un hijo no pudo dejar a mi hermana y se ofrecio a prestarme el auto, gracias a dios mi abuela sufrio una embolia y los medicos dicen que se recuperara lenta y progresivamente, al regresar al D.F me paro en una caseta la Policia Federal y me pidio los documentos del carro y me dijo el oficial " Quien es Joy X" y le dije "es mi cunado y es el dueno de la camioneta," tambien le explique la razon por la cual el no iba abordo y me dijo pues tu camioneta se va al corralon porque tu no estas autorizado para manejarla y te vamos a llevar al M.P. Yo ignorante de las leyes y de nacimiento que les hago caso y resulte acusado de CONTRABANDO EQUIPARADO bajo el articulo 105 seccion VII del codigo Fiscal y que me dicen estas arrestado y me metieron a los separos, obvio mi esposa embarazada se asusto mucho y pregunto si no habia fianza y el M.P dijo que eran de 10,000 a 15,000 de fianza se pago la fianza y ahora no se que procede,
En el M:P no me dan razon del carro,
Mi cunado quiere que le devuelva yo su carro.
El Ministerio Publico me dijo que busque un abogado, pero ahi me asignaron un Defensor Publico que me ha agarrado como conejo de India Porque es un practicante.
Me meti a buscar la definicion y todo esta muy confuso.
ME PODRIA AYUDAR ALGUIEN QUE HAYA PASADO POR LA MISMA SITUACION EXPLICAR QUE DEBO HACER ? mi correo es luis guion bajo atlantis aroba punto com. MIL GRACIAS.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 736
-
Fecha de respuesta: Lunes 19 de Marzo de 2012 21:41 2012-03-19 21:41 desde IP: 189.145.137.154
Muy seguramente el MP consignara su expediente junto con su automovil a la autoridad aduanera y le iniciaran un PAMA, es necesario que investigue el estado procesal de su asunto.
Puede acudir a la defensoria publlica federal ubicada en bucareli 22, y ahi le asignaran a un defensor de oficio federal, que son los encargados de conocer de asuntos como el que se le presenta, o en su caso requiere contratar a un abogado especialista en la materia administrativa.
En cualquiera de los dos casos, requiere conocer su expediente y una vez iniciado el procedimiento aportar pruebas en el pama mismo, y si le fincan una multa y le docomisan el auto impugnarlo via juicio contencioso ante el tribunal federal.
Es un proceso que no se resuelve en dias y que requiere toda su atencion.
Saludos cordiales.
Autor
-
AutorRespuesta No: 753
-
Fecha de respuesta: Sábado 07 de Abril de 2012 13:07 2012-04-07 13:07 desde IP: 187.133.223.32
Es importante que nos mecione que tipo de vehículo es, ya que si el vehículo es reciente y el avaluo que se le hace al mismo no excede de los 122,000.00 aproximadamente, la Secretaria de Hacienda no formulara querella y la Procuraduria deberá de poner a disposición de la autoridad aduanera o fiscal, pero sobre lo que menciona de que su cuñado es extranjero y el fue el que paso el vehículo solamente a el le entregaran el véhículo, simepre y cuando al momento de la detención se encontraba legalmente en el país, ya que esa es una de las condiciones para que se le regrese.
Cualquier duda vaya a mi oficina y ahi estan mis datos.
Autor
-
AutorRespuesta No: 759
-
Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Abril de 2012 00:44 2012-04-11 00:44 desde IP: 189.248.166.145
El mp con seguridad remitira el vehiculo a la Aduana que corresponda a la circunscripcion para el inicio de un PROCEDIMIENTO ADUANERO, mismo que concluirá en 4 meses. Mientras ello acontece el Mp propondrá a la SHCP que formule querella. En esto ultimo comparto el criterio de mi colega AcevedoH.
Habiéndole dado tal destino al vehiculo, por lo pronto no lo puedes recuperar y ni siquiera tu cuñado, pues la legislacion aduanera lo señala como responsable solidario, ya que tanto el tipo penal, como el supuesto de infracción lo ubican dentro de la dinámica del ilícito. Si el se apersona en la averiguacion o en el procedimiento admvo. probablemente lo tengan como tal.
Se necesita checar el expediente y a peticion de parte promover ante el mp lo inconducente de una eventual querella.
Hay que atender el proc aduanero tambien, en perfecta sincronia con el aspecto penal.
Tu problema es nuestra especialidad. Atendemos asuntos en cualquier parte de la República.
Autor
-
AutorRespuesta No: 760
-
Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Abril de 2012 00:45 2012-04-11 00:45 desde IP: 189.248.166.145
Por disposiciones legales y administrativas,el mp con seguridad remitira el vehículo a las oficinas de la aduana que corresponda a la circunscripcion, donde iniciara un PROCEDIMIENTO ADMVO EN MATERIA ADUANERA, mismo que se resolvera en 4 meses; mientras ello acontece, la averiguacion previa seguira. Daran parte al SAT para que formule querella. Sobre esto último, comparto lo indicado por mi colega AcevedoH
El vehículo por lo pronto no lo puede recuperar ni siquiera tu cuñado, puesto que la legislacion aduanera lo señala como responsable solidario, lo que quiere decir que dentro del tipo penal él tambien se encuentra involucrado al permitir que lo condujeras, cuando la disposición establece reglas claras para lacondución del automotor.
Si se apersona en la averiguaión o en el procedimiento aduanero es probable que lo tengan como responsable tambien.
TODO ESTO ESTA PERDIDO? NO,CLARO QUE NO. Pero hay que poner especial cuidado. Comunicate. Atendemos asuntos de cualquier parte de la República.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78681981 veces.
Lecturas completas: 4097
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®