Sala Administrativa



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

ASESORIA

  • Consulta : 439
  • Autor : agobiado
  • Publicado : 2011-09-10 21:38 desde la IP: 189.146.31.159
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,318
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • agobiado
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Nuevamente consulto  a  ustedes los foristas  debido a que  no se si todavía mi caso tiene solución  extenso y complejo, tratare de resumir lo mas posible, en octubre de 1993 el ejidatario José Benigno Neria o (Neri) Medina le vende al Sr. Agustín Laguna G una fracción de la parcela de su propiedad ubicada en Chalco Edo. De México  otorgándole cesión de derecho ante notario publico de Chalco, misma fracción que lotifica posteriormente el Sr. Laguna, en  Abril de 2003 le compre un terrenode 120.00m2  al Sr.  Laguna   otorgándome  cesión de derechos, realice el traslado de dominioy el pago del impuesto predial, solicite a  la CORETT por escrito del 8 de Mayo de 2004 la escrituración, la CORETT ignoro mi solicitud ya que nunca me informó o notifico de mi petición y mucho menos que otra persona estuviera realizando el tramite de escrituración,  posterior a mi solicitud, derivado de esto se regularizo a nombre de Carlos Alain Corleti Nava presentando para dicho tramite un contrato de compraventa del año 1994 siendo el supuesto vendedor el ejidatario José Neri Medina siendo que este cedió los derechos en 1993 a favor de Laguna  además la firma de este es apócrifa,  y las colindancias que presentan en el contrato se conocieron hasta el año 2002 cuando se autorizo a la corett la cartografía derivado del decreto expropiatorio del año 2000 por lo que era imposible conocer dicha ubicación en el año de 1994,la documentación falsa y además de no cumplir con el manual de normas, estos son los argumentos presentados por la  CORETT en la demanda civil para anular la escritura y además presenta denunciapenal en contra de los involucrados  sin embargo, la CORETT dejó de dar cumplimiento ya que en el juicio civil únicamente  lo presentaron  y no fue admitido por el juez ya que no presentaron copia de la escritura y  en la demanda penal no se le dio seguimiento,  obviamente  esto con el único fin de proteger a los funcionarios corruptos y sus cómplices influyentes, dadas las circunstancias tomamos la decisión de interponer la  demanda civil  de nulidad, desafortunadamente  al desconocimiento de los procesos judiciales y una asesoría deficiente la demanda  que presentamos tenia varias inconsistencias de origen, ya que se demando a un finado el ejidatario siendo este el supuesto vendedor ya que también aparece con un apellido distinto también se incluyo al  Sr. Corleti,  la CORETT y el notario publico, mismos que fueron notificados, y contestaron la demanda únicamente la corett y el Sr. Corleti, en cuanto al finado se llevo a cabo el juicio sucesorioy se nombro por parte del juez de lo familiar  el albacea para representar al finado en el juicio civil de nulidad, donde dicho juez notifico que se debería demostrar que el finado era la misma persona, debido a lo complejo del caso  y  a  la falta resultados y de recursos económicos  nos vimos imposibilitados de continuar, hace un mes me entere que el expediente lo enviaron al archivo causando caducidad, mi pregunta es si con estos antecedentes todavía se puede reclamar la nulidad de la escritura  ya que algunos abogados me han comentado que no se puede juzgar dos veces por la misma acción y otros me han dicho lo contrario,  por eso tengo la duda y quisiera que me ayudaran a aclararla y también si tengo alguna posibilidad en la vía civil o administrativa, por otra parte me han recomendado interponer el juicio de responsabilidad patrimonial del estado, para obtener una indemnizaciónpor los daños y perjuicios por la actuación irregular administrativa de corret, sin embargo no se si ya ha prescrito,.   y una disculpa por mi mala redacción. Y muchas gracias

     

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.