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JUICIO DE NULIDAD VS PROFECO

  • Consulta : 374
  • Autor : christianelo
  • Publicado : 2011-06-29 21:42 desde la IP: 189.168.105.237
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,319
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  • Autor
    Consulta

  • christianelo
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Hola comunidad de mexico legal

    Voy a interponer una demanda de nulidad vs profeco ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa solo que no entiendo uno de los requisitos, el q es acerca de las autoridades responsales, q segun yo solo seria la profeco subdelegacion michoacan.

    No se si tambn seria secretaria d finanzas, ya q profeco m impuso una multa mediante resolucion administrativa, misma q recurri, pidiendo suspension, solo q para q m otorgaran la suspension tuve q garantizar el total del credito fiscal ante la secretaria de finanzas mencionada, por lo q no se si a dicha secretaria tambien la tenga q señalar como autoridad responsable dnetro de la demanda del juicio de nulidad

     

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  • Autor
    Respuesta No: 536

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Las autoridades responsables son aquellas que ordenaron y/o ejecutaron el acto que va a impugnar, luego  entonces si Profecto es la unica autoridad que actuo, sera solo a ella a quien debera demandar, precisando el acto que les atribuye perfectamende descrito. Pero sila secretaria de finanzas actuo como ejecutora debera demandarlos tambien.

    No me queda claro si interpuso el procedimiento administrativo ante Profecto y ante ellos garantizo, o si garantizo para acudir al tribunal federal, si es el primer caso haga mencion en su escrito inicial y exhiba toda la documentacion con la que cuente, y narre, redacte, exponga que el credito ya esta garantizado debidamente con un billete de deposito y que solicita que al pronunciarla sentencia la sala resuelva en consecuencia, respecto a esta medida.

    Es decir en su escrito inicial redactelo y si la sentencia sale favorable a usted una vez que este firme, solicite le sea devuelta la garantia otorgada, a efecto de que la Secretaria de Finanzas haga la devolucion respectiva.

    Por otro lado Finanzas seria autoridad responsable unicamente si usted pago la multa por ese concepto, es decir si esta autoridad actuo como ejecutora y el documento que le extendieron fue el recibo respectivo. Haga el estudio respectivo de las constancias con las que cuenta y con ello podra determinar quien es autoridad responsable.

    Si estamos en este caso, que a usted lo multan y acude a pagar a finanzas entonces si debera demandarlos para que proceda la devolucion.

    Como usted podra apreciar hay dos supuestos y todo dependera de en que calidad haya usted realizado el pago, 1) pago la multa tacitamente o 2) pago como garantia, esto sera determinante para saber como entablara su demanda.

    Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 539

  • christianelo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola cc y abogados muchas gracias por su respuesta me ha aclarado algo el panorama, el pago que realice ante finanzas fue para garantizar la multa que me imponian mientras se resolvia el recurso de revision ante la misma profeco, quien después confirmo su resolucion.

    La resolucion de ese recurso es la base de mi demanda de nulidad



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