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IMPUGNACION DE MULTAS DIOT

  • Consulta : 368
  • Autor : GEMINIS2K9
  • Publicado : 2011-06-22 11:10 desde la IP: 189.225.229.96
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 1,321
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  • Autor
    Consulta

  • GEMINIS2K9
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenos días a todos los foristas, dos multas por no presentación de la DIOT, además de impugnarlas por debida falta de motivacion y fundamentación con base en el artículo 16 Constitucional, alguno de ustedes tiene o a usado algún otro concepto de impugnación?

    Espero me puedan ayudar.

    De antemano gracias a todos por su aportación de ideas o comentarios.

    Saludos

     

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  • Autor
    Respuesta No: 522

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    SI hay muchos fundamentos con los cuales se pueden impuganr las multas, pero a mi parecer y salvo su mejor opinion lo correcto es hacer un estudio directo del acto que le iman, es decir de la simple lectura de las multas impuestas se desprende casi siempre violaciones de forma y fondo con las cuales puede usted hechar abajo y sin problemas estas multas,

    Pero claro eso requiere que usted concozca lo que va a combatir usted, si da una leida a la ley federal del procedimiento contenciosso admisnitrativo, la ley federal del procedimiento admisnitrativo encontrara y podra determinar si el acto de molestia esta ejecutado conforme a derecho.

    En este tipo de asuntos la analogia no es la mejor formula para resolver o tratar de impugnar, como le señala cada acto es diferente y la vision de cada abogado tambien lo es luego entonces debera revisar, entender y combatir es la mejor formula, nada sencilla pero que le servira de base para sus futuras demandas.

    Grosso modo le dire que si encuentra una violacion de forma es mas que suficiente para lograr se declare la nulidad, lo que debe de saber q es una violacion de forma al procedimiento y con eso esta del otro lado.

    Cualquier cosa seguimos a sus ordenes.

    Saludos cordiales.



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