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AYUDA PARA UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL ESTADO DE MEXICO
- Consulta : 363
- Autor : montesque
- Publicado : 2011-06-17 22:36 desde la IP: 201.102.27.58
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
hola buen dia me podrian ayudar aserca de un contrato de arrendamiento es que lo hice con los CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO y trato de aser un contrato bien espesificado y megustaria muchicimo su alluda para aserlo esto es para un departamento que quier rentar me prodria coraborar los codigos que pusen aver si estan correctos los codigos y si puedo aplicar las penalizaciones que acontinuacion veran grasias
COMTRATO DE ARRENDAMIENTO
municipio y lugar DIA __ MES ___ DEL 2011
direcccion del lugar
QUE SE CELEBRAN POR UNA PARTE COMO ARRENDADOR DEL
INMUEBLE DE DICHA LOCALIDAD
SR; milton
CLAUSULAS
.LAS PARTES CONVIENEN VOLUNTARIAMENTE Y DE COMÚN ACUERDO QUE “ EL ARRENDATARIO” ALFREDO MARTINEZ PAGARA ¨AL ARRENDADOR” O A QUIEN EN SUS DERECHOS REPRESENTE’ POR CONCEPTO DE CONTRAPRESTACION UNA RENTA MENSUAL EN LOS SIGUIENTES TERMINOS
LA DURACION DE ESTE CONTRATO SERA DE 1_AÑOPARA AMBAS PARTES LA CUAL EMPESARA A CORRER APARTIR DEL DIA 01 MES 05 AÑO 2011 . “EL ARRENDATARIO” SE OBLIGA A PAGAR UN DEPOSITO DE $_1400.00 PESOS MAS UNA RENTA MENSUAL DE $1400.00 PESOS EN LETRA MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, Y UN PAGARE EN BLANCO FIRMADO POR ´EL ´ARRENDATARIO´ Y UN FIADOR LA CUAL INCLUYE EL PAGO DE AGUA Y AGUA CALIENTE, POR LA DURACION DEL PRESENTE CONTARTO. DEPARTAMENTO # 03. PERSONA # 1 ARTICULO 7.688 FRACCION I Y II DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO
1-.PARA GARANTIZAR EL PAGO DE LAS RENTAS CONVENIDAS, "EL ARRENDATARIO" SE OBLIGA A ENTREGAR "AL ARRENDADOR" LA CANTIDAD DE $1400.00 PESOS MONEDA NACIONAL CANTIDAD QUE "EL ARRENDADOR SE OBLIGA A DEVOLVER "AL ARRENDATARIO" CUANDO DESOCUPE LA LOCALIDAD, SIEMPRE Y CUANDO NO DEVA NADA POR RENTAS NI DAÑOS AL INMUEBLE QUE ENTREGARA TAL Y COMO SE LE ENTREGO EN BUEN ESTADO Y SEGÚN CONSTANCIA QUE POR ESCRITO LE EXTIENDA "AL ARRENDADOR", ASÍ MISMO PARA SEGURIDAD Y GARANTÍA EN EL CUMPLIMIENTO DE TODO LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE CONTRATO DEL ARTICULO 7.688 FRACCION V Y VI DEL CODIGO DEL ESTADO DE MEXICO
2-. NO PODRA EN NINGUN CASO ´EL ARRENDATARIO´ RETENER LAS RENTAS NI BAJO NINGUN TITULO JUDICIAL, NI EXTRAJUDICIALMENTE, DEBIENDO HACER EL PAGO INTEGRO A MAS TARDAR, DENTRO DE LOS PRIMEROS 5 DIAS SIGIENTES AL DIA 1 PRIMERO DE CADA MES, POR LO QUE DE HACERLO EXTEMPORANEAMENTE DEL 5 DIA POSTERIOR, PAGARA POR CADA DIA
$ 200.00 PESOS MAS SU MENSUALIDAD Y DE SUCEDER LA SEGUNDA OCASION CONTINUA PAGARA POR CADA DIA. $ 300.00 PESOS MAS SU MENSUALIDAD Y EN CASO SE SUCEDER DE TERCERA OCASION SERA CAUSA DE RESCISION DE CONTRATO MAS ADEUDO Y SI EN CASO NO LO EFECTUA SU PAGO DEL 5 AL 15 DIAS SE LES NOTIFICARA LA RESCISION DE CONTRATO MAS ADEUDO Y GASTOS DE ABOGADO ARTICULO 7.691 Y 7.718 FRACCION DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO CODIGO 2.310, 2.312 Y 2.313 DE PROSEDIEMTOS CIVILES DEL ESTADO DE MEXICO
3-. EN CASO DE QUE “EL ARRENDATARIO” PAGE LA RENTA EN ABONOS PAGARA UN 50% ADICIONAL, SOBRE LA TOTALIDAD DE LA MISMA Y DE SUCEDER LA SEGUNDA OCASION PAGARA UN 75% ADICIONAL IY DE SUCEDER EN TERCERA OCCASION SERA CAUSA DE RESCISION DE CONTRATO. EL ARRENDATARIO SE OBLIGA A PAGAR LA MENSUALIDAD INTEGRA. AUN CUANDO SOLO LO OCUPE PARTE DEL MES Y AUN PAGANDO RENTAS ADELANTADAS AL ARRENDADOR NO HARA DEVOLUCIONES DE DICHO CONTRATO.
4-. SI LAS RENTAS SE DEPOSITAN, “EL ARRENDATARIO”, SE OBLIGA A INFORMAR POR ESCRITO ANTICIPADAMENTE A “EL ARRENDADOR”, O A QUIEN EN SUS DERECHOS REPRESENTE, CON ACUSE DE RECIBO.
5-. SE OBLIGA “EL ARRENDATARIO” A CUBRIR EL IMPORTE DE LOS SEVICIOS DE LA ENERGIA ELECTRICA, ASI COMO ENTREGAR LOS RECIBOS ORIGINALES LIQUIDADOS POR TALES CONCEPTOS A “EL ARRENDADOR” BIMESTRALES.EN CASO DE DESOCUPAR LA LOCALIDAD DEVERA LIQUIDAR SUS ADEUDOS DE LUZ. AGUA. SATELITE O CUALQUIER PAGO DE ADEUDO ASU DEPARTAMENTO Y NOTIFICAR ´AL ARRENDADOR´ O A QUIEN EN SUS DERECHOS REPRESENTE’
6-.”EL ARRENDADOR” NO SE HACE RESPONSIBLE DE LOS DAÑOS SUFRIDOS EN VEICULOS, BIENES, MUEBLES O PATRIMONIO DE “EL ARRENDATARIO” DURANTE LA OCUPACION DEL INMUEBLE
7-. TODA CLASE DE MEJORAS YA SEAN UTILES O NECESARIAS QUE SE VERIFIQUEN EN LA CASA DEPARTAMENTOS, SERAN CUBIERTAS POR “EL ARRENDATARIO” INCLUYENDO LAS IMABLES ALGUN DESCUIDO DE SU PARTE Y EXCEPTUANDO AQUELLAS ESTRUCTURALES Y DESPERFECTOS NO ATRIBUIBLES AL USO NORMAL DEL INMUEBLE, DICHAS MEJORAS NO SE PODRAN RETIRAR AL DESOCUPARLA, NI EXIGIR PAGO O INDEMNIZACION POR ELLAS, QUEDANDO EN CONSECUENCIA EN BENEFICIO DE LA CASA DEPARTAMENTOS. ASI MISMO, DICHAS MEJORA SE DEBERAN PONER A CONSIDERACIO DE “EL ARRENDADOR”, Y SE REALIZARAN UNICAMENTE CON LA AUTORIZACION POR ESCRITO DE ESTE; EL INCUMPLIMIENTO A LAS PRESENTES CLAUSULAS, OBLIGA A “EL ARRENDATARIO” PAGO DE LOS DAÑOS Y PREJUICIOS QUE LLEGARAN OCASIONAR A FAVOR DEL “EL ARRENDADOR” INDEPENDIENTEMENTE DE LA RESCISION DEL CONTRATO. DEL ARTICULO 7.683 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO
NOMBRE Y FIRMA _______________________________________
8-.EL ARRENDADOR SE OBLIGA A ENTREGAR LA LOCALIDAD EN LAS CONDICIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD EXIGIDAS, CON SUS PISOS , PUERTAS, VENTANAS Y LAS VIDRIERAS CON SUS HERRAJE Y TODO LO DEMÁS EN BUEN ESTADO "EL ARRENDATARIO SE OBLIGA A DEVOLVERLAS CON EL DETERIORO NATURAL DEL USO. SIENDO POR SU CUENTA LOS GASTOS DE REPARACIÓN CAUSADOS POR SU CULPA O NEGLIGENCIA Y POR LOS MOTIVOS SE OBLIGA A INDEMNIZAR AL ARRENDADOR DE CUALQUIER DETERIORO POSTERIOR QUE APARECIERE EN LA LOCALIDAD. UNA VEZ TERMINADO EL CONTRATO EL ARRENDATARIO CONSERVARA ASEADOS Y AL CORRIENTE LOS FREGADEROS CAÑOS, ESCUSADOS DE LA LOCALIDAD Y TODAS LAS COMPOS TURAS QUE SE REQUIERAN DURANTE EL TIEMPO QUE LA OCUPE SERÁN A SU EXCLUSIVA CUENTA, AL ARTICULO 7.696 FRACCIÓN III Y 7695 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO
9-. EL INMUEBLE SERA DESTINADO UNICAMENTE PARA CASA DEPARTAMENTO HABITACIONAL, QUEDA PROHIBIDO PARA “EL ARRENDATARIO” Y ESTE LO ACEPTA EXPRESAMENTE, NO CAMBIAR EL USO REFERIDO, ASI COMO TAMPOCO PODRA SUBARRENDAR, O CEDER SUS DERECHOS DE INQUILINO EN TODO O EN PARTE, A CUALQUIER OTRA PERSONA, POR LO QUE SERA OCUPADA UNICA Y EXCLUSIVAMENTE POR LA PERSONA QUE FIRME EL PRESENTE CONTRATO, “EL ARRENDATARIO “SE OBLIGA A MANTENER UNA CONDUCTA ADECUADA CON LOS VECINOS, EN CASO CONTRARIO, SERA MOTIVO DE RESCISION DEL PRESENTE CONTRATO.
10-. LA DURACION DE EL PRESENTE CONTRATO ES DE 1 AÑO PARA AMBAS PARTES EN CASO DE QUE “ EL ARRENDATARIO” PRETENDA DAR POR CONCLUIDO EL ARRENDAMIENTO ANTES DE SU VENCIMIENTO NOTIFICARA AL ARRENDADOR O AQUIENES EN SUS DERECHOS REPRESENTEN PARA RECABAR FIRMAS Y LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO CON ANTICIPACION DE DOS MESES ANTES DE DESOCUPAR Y PAGANDO SU RENTAS YA QUE EL ARRENDATARIO DEVERA MOSTRAR SUS PAGOS DOS DIAS ANTES DE LA ENTREGA DEL DEPARTAMENTO DE LA LOCALIDAD PARA ASI PODER CONTINUAR CON SU DEVOLUCION DE EL DEPOSITO CODIGO 2.309 DE PRESEDIMIENTOS CIVILES Y DEL ARTICULO 7.691, 7.707 Y 7.673 FRACCION I DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO
11-.. EN CASO DE QUE “ EL ERRENDATARIO” CONTINUE EN POSESION DE EL DEPARTAMENTO , DESPUES DEL TERMINO CONVENIDO SE OBLIGA A PAGAR EL DOBLEDE LA RENTA PACTADA POR CADA MESES SIGUIENTES Y EL TRIPLE DE LA DICHA RENTA DURANTE EL TERMINO QUE LE SIGA HASTA LA TOTALIDAD DE SU OCUPACION Y ENTREGA DE EL DEPARTAMENTO Y ENCASO QUE EL ARRENDATARIO NO PAGES EL LIQUIDES TOTAL DEL INMUEBLE EL FIADOR PAGARA TODO LOS DAÑOS Y PAGOS AL INMUEBLE AL ARTICULO 7.310 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE MEXICO
12-. SILA CASA QUE PERTENESE LA LOCALIDAD OBJETO DE ESTE CONTRATO HAY OTROS “ARRENDATARIOS “ SE OBLIGA A UTIISAR LOS PATIOS, CORREDORES, ESCALERAS, Y AZOTEAS UNICAMENTE PARA TRANSITO O PARA SERVICIOS INDISPENSABLES DEL INMUEBLE ARRENDADO. DEL MISMO MODO SE OBLIGA A NO TENER ANIMALES QUE MOLESTEN O PERJUDIQUEN A LOS DEMAS INQUILINOS Y MALTRATEN LA FINCA
13-..LOS CONTRATANTES PERFECTAMENTE ENTERADOS DEL CONTENIDO Y AL ALCANSE DE TODAS Y DE CADA UNA DE LAS CLAUSULAS ANTERIORES FIRMA ” EL ARRENDATARIO “ MALCOMUNADAMENTE Y SOCIAL MENTE QUE DANDO AMBAS PARTES DEL PRESENTE CONTRATO, SE RIGE POR LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL CODIGO CIVIL Y CODIGO DE PROSEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE MEXICO Y DE MAS RELATIVAS Y APLICABLES DEL CASO
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO
____________________ ________________________
MILTON ALFREDO MARTINEZ
FIADOR TESTIGO
_______________________ ______________________
NOMBRE NOMBRE
IFE. ELECTORAL NO.___________
TESTIGO
_____________________________
NOMBRE
MUCHISIMAS GRACIAS POR SU AYUDA SE LOS AGRADESCO
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 513
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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Junio de 2011 16:05 2011-06-19 16:05 desde IP: 189.216.35.129
Por su ortografía en la consulta, es claro que Usted no hizo el contrato, sólo lo copió de alguna mala página de contratos. Le recomiendo que no ponga en riesgo su patrimonio y contrate a un abogado para que le redacte un contraro adecuado a sus necesidades y de paso lea un libro de ortografía, que no le hará daño.
Autor
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AutorRespuesta No: 515
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 11:28 2011-06-20 11:28 desde IP: 189.143.189.94
grasias es que aun no cuento con dinero para un abogado poreso me veo la nececidad de optar por este medio y si alguien de ustedes me podria ayudar se los agradesco mucho yo tengo un departamento pero el inquilino aveses me paga cuan do quiere y si paga me lo da en pagos y la verdad no quiero eso pór eso ya que yo tengo que cubrir mi renta donde yo vivo y me justaria pedirles su ayuda si alguien en este foro me ayudaria con los articulos y si puedo aplicar el cobro mencionado y el porcentaje % aqui mismo escrito yo se que no es fasil pero si no les quito mucho tiempo mi correo es el siguiente "tom.1982">tom.1982
muchas grasias que dios los bendiga
Autor
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AutorRespuesta No: 527
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Junio de 2011 11:17 2011-06-23 11:17 desde IP: 189.233.56.117
Como acertadamente le comentan lo mejor y mas adecuado es que contrate a un especialista en la materia para que le redacte el documento que protegera su patrimonio. En terminos generales el contrato que transcribe usted es correcto y quiza suficiente, pero hay puntos particulares que en base a sus necesidades se requieren redactar.
Lamentablemente para usted, el contratar a un abogado para este fin si tendra un costo y quiza eso sea alto (que no lo es tanto) pero seguramente se protegera en todo lo relativo al arrendamiento, pero esa es una decision personal que debe de valorar. Incluso en las papelerias venden formatos o machotes para arrendamiento que usted podria utilizar y con eso le seria mas sencillo aun y hasta suficiente quiza, cuestion de estilos cuestiosn de formas.
Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.
Saludos cordiales.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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