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Sala Administrativa
POR NO PRESENTAR LA DIOT TENGO QUE PAGAR
- Consulta : 264
- Autor : SALVADOR BOLAÑOS
- Publicado : 2011-03-25 19:06 desde la IP: 189.188.130.86
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,319
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 25 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
Muy buenas tardes:
El SAT me requirio la presentación de la DIOT, y yo la presente posteriormente, por el cual el SAT me impuso una multa de $ 8,410, de esa multa me consideran el 20% de reducción de acuerdo al Artículo 75 Fraccción VI del Codigo Fiscal de la Federación.
Mi pregunta es, ¿ Puedo impugnar dicha multa?
Agradezco su apoyo y comprensión
Atentamente
Salvador Bolaños Sánchez
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 416
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Marzo de 2011 20:22 2011-03-25 20:22 desde IP: 189.216.196.82
Sí la puede impuganar, pero difícilmente la podrá ganar. Si hay un requerimiento previo que fue ignorado o bien fue atendido pero posterior a un requerimiento formal, es obvio que procede la multa, además de que le están aplicando la mínima. Sólo un abogado fiscalista, no coyote, no contador, no tinterillo, no usurpador, buscando angún error en la notificación pudiera lograr la nulidad.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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