- Inicio
- Sala Administrativa
Sala Administrativa
CITATORIO EXTRAJUDICIAL AYUDA PORFAVOR??
- Consulta : 180
- Autor : nechito
- Publicado : 2011-01-07 10:22 desde la IP: 201.122.17.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,319
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 07 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Quintana Roo
muy bueno dias !!! alguien me podria desir que haser??
me llego un citatorio de un despacho llamado canto disiendo que nos presentemos en su oficina por un requerimiento de pago por una deuda que no dise de que es ni cuanto es, solo amenaza con embargar.
la unica deuda que tenemos es de fonacot hase 3 años que le prestamos a mi cuñado, no la pago, quiero pensar que sea por eso pero ya fuimos a fonacot y me disen que ya no pueden haser nada que ya esta en el buro de credito y no me dan ninguna informacion.
que podemos hacer?? como saber si este despacho es confiable? o a donde tengo que acudir para liquidar mi deuda...
este despacho sige amenazando con embargar pero no dise de que es ni nada ....
muchas gracias de antemano.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 284
-
Fecha de respuesta: Domingo 09 de Enero de 2011 22:45 2011-01-09 22:45 desde IP: 189.233.249.103
Por los datos que mencionas, creo que quien intenta cobrar es un despacho que compra "carteras vencidas" o les dan a "trabajar" la cobranza de las deudas atrasadas, el decir extrajudicial en la carta que te llego (imagino vía correo ordinario) dice la palabra EXTRAJUDICIAL lo que quiere decir que -La solicitud de pago de la deuda la estan haciendo fuera de las vias judiciales (jueces)- ahora bién "nechito" según el artículo 16 consttucional de la constitución Mexicana, dice que NADIE puede ser molestado en sus "cosas papeles o persona" (por así decirlo) si no es por medio de un Juez (existiendo reservas solo para la matéria penal que no ocupraría en tu caso, y que no es tema de esta consulta); por lo que, un embargo, (materia mercantil, civil o administrativa) solo podría ser realizada por medio de un juez y hasta que no llegue un actuario (persona que trabaja para el juzgado) con las ordenes de embargo (hojas de Juzgados) NO PUEDEN REALIZARTE UN EMBARGO,
Por otro lado si el crédito lo solicitaste tu, y de ahí el dinero se lo diste a tu cuñado o al vecino y este no te paga, la deuda legalmente te pertenece, así que tendras que pagar, solo y solo si, pretendes tener un historial créditicio "bueno".
Si lo que pretendes es pagar, lo primero que tienes que hacer es solicitar an te el buro de crédito tu situación crediticia, para saber a quien le debes, por que le debes, y cuanto le debes, si estas de acuerdo con eso, dependiendo de la institución puedes hacer dos cosas
1.- ir directamente a quien le debes y solicitar o una restructura de crédito o liquidar la deuda (en el supuesto que te digan que el desacho se encarga de eso, solicita la informacion del despacho que tiene gestionando la deuda) y
2.- Ir al despacho que te dice que tiene la cartera vencida, y hacer el tramite que ellos te dicen, teniendo en suma importancia: a.- no firmes documentos (normalmente te hecen firmar pagares) y b.- de preferencia has los pagos por medio de bancos
espero esto te sirva atte Oropeza_fiscal
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 78781566 veces.
Lecturas completas: 4101