Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 193490
  • Autor : plutarco
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 7
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3428
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 313784

  • plutarco
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que pasa que en este tipo de negociaciones, el refrigerador esta en comodato, se entiende que el cliente firmo dicho documento el cual respalda un equipo prestado de la empresa, que le corresponde a la empresa, con el fin de que tanto cliente como enpresa ganen, el cliente exhibiendo su producto frio y dispuesto para ser consumido y la empresa desplazando sus productos, si en el documento o en el acuerdo que se lleva a cabo, se menciona, si al cliente se le asignara un espacio que no sera mayor del veinticico por ciento del interior del aparato refrigerador para productos extraños tales, como carnes frias, carne, etc, no refrescos,  y el resto 75 por ciento sera para para productos de la marca en mencion, pero si no se llego a ningun acuerdo de este tipo el refrigerador o vitrina queda para colocar, refrigerar y exhibir, productos al 100 por ciento de Coca Cola, la politica de la empresa es asi, pero se debe de platicar con el cliente y si este despues de pedirle que no enfrie productos de la competencia dentro del refrigerador por varias ocasiones, hace caso omiso, viene la descion de retirar el equipo del punto de venta.

    Lo que pasa que en Coca Cola, se le auditan los clientes de forma mensual por medio de una empresa externa, donde unos de los puntos mas fuertes a evaluar es el mercadeo dentro del refrigerador, es por eso toman esta descicion.

    Platique con su promotor, ahi esta la solucion.