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  • Consulta : 99843
  • Autor : tulio_ciceron
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  • Autor
    Respuesta No: 207424

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Efectivamente, tiene que demandar la rescición de comodato a su exconcubino; lo anterior siempre y cuando el inmueble esté a su nombre y tengas las escrituras e inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

    Saludos.