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  • Consulta : 99027
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 206492

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    En términos del articulo 30 de la Constitución General de la Republica, su hija es mexicana por ser hija de mexicanos nacida en el extranjero, acuda al registro civil de su localidad, le recuerdo que cualquier tramite de ciudadanos americanos lo puede realizar ante la embajada del país extranjero sin necesidad de viajar a california, además en Internet puede pedir los tramites de apostillado y otros y previo pago le sera enviado a su domicilio.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    atte.

    Talento, pasión y trabajo

    Lic  José Juan Aguilera  

    TEL.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx