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  • Consulta : 98779
  • Autor : FRANCISCOANGEL
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  • Autor
    Respuesta No: 206184

  • FRANCISCOANGEL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante con fundamento en  las siguientes;

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    REGLAS A LAS QUE HABRÁ DE SUJETARSE LA EMISIÓN Y OPERACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO.

    3.6 En el evento de que el Titular haya autorizado a la Emisora a cargar los adeudos no cubiertos en tiempo por el uso de la Tarjeta de Crédito, en cualquier cuenta que tenga abierta con ella, la compensación respectiva sólo podrá efectuarse cuando la Cuenta mantenga un saldo deudor vencido de más de noventa días naturales y que se trate de cargos que no hayan sido objetados en tiempo por el Titular, cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver.

    Por norma en los contratos bancarios simpre se tiene esta contenido de compromiso que si no se ha pagado el BANCO podrá cobrarse de la cuenta que tenga fondos disponibles.

     

    Atentamente