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- Autor : Lic. Saúl Toluca
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AutorRespuesta No: 340543
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 01:46 2014-02-18 01:46 desde IP: 177.224.69.1
Consultante:
No solo es posible dar de alta al Director General, independientemente de que sea socio o no de la Empresa, es OBLIGACIÖN CONSTITUCIONAL de conformidad con el Artículo 123 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que como trabajador (Independientemente del puesto que desempeñe) tiene derecho a la Seguridad Social.
Lea nuestra Carta Magna y corrobore.
Quedo de usted para cuestiones futuras.
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