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  • Consulta : 98588
  • Autor : Lic. Saúl Toluca
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  • Autor
    Respuesta No: 340543

  • Lic. Saúl Toluca
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    No solo es posible dar de alta al Director General, independientemente de que sea socio o no de la Empresa, es OBLIGACIÖN CONSTITUCIONAL de conformidad con el Artículo 123 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que como trabajador (Independientemente del puesto que desempeñe) tiene derecho a la Seguridad Social.

    Lea nuestra Carta Magna y corrobore.

    Quedo de usted para cuestiones futuras.