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  • Consulta : 98581
  • Autor : djuridico65
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    Respuesta No: 205877

  • djuridico65
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante,solo usa la tarjeta que puedas pagar,

    Y Solo paga lo que debes,más no reconoscas más adeudos ni firmes nada que no te convenga.

    Y como tu mismo lo dices no tienes bienes mubles ni inmuebles, que te puedan embargar,no te preocupes,esa cuenta corre el riesgo que prescriba la acción por el solo transcurso del tiempo.

    Sin embargo como lo dices que presentaste un aval,y si éste firmó para avalar tu crédito,entonces trata de pagar lo que debes,realizando un convenio de pagos que puedas hacer,porque si tu aval tiene bienes corre el riesgo que si le puedan embargar,si es que haya firmado como aval ,pero si no firmo entonces no hay cuidado.

    Siempre que realices convenios acude con tu abogado de confianza de tu localidad.