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  • Consulta : 98515
  • Autor : LIC. MIGUELANGEL
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  • Autor
    Respuesta No: 205829

  • LIC. MIGUELANGEL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por lo que entendí, estamos hablando de que tus papás les donaron las propiedades por parte iguales a ti y a tus hermanos, reservándose tu papá el usufructo vitalicio de una o de las propiedades y ustedes la nuda propiedad. En el caso de que falleciera tú papá, la propiedad pasaría a ser íntegramente de ustedes o tuya según sea el caso. Pero existe la posibilidad de que pudiera tratar de revocar esa donación tu papá respecto de la parte que le correspondió a él, pero eso ya sería complejo y así beneficiar a su otro hijo. Pero te aclaro, esto solamente lo puede intentar él y no ella