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  • Consulta : 97537
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 204297

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    HOLA, SALUDOS A TODOS. YO QUIERO PENSAR QUE A LO QUE EL FORISTA SE REFIERE BIEN PODRIA SER A LA GARANTIA DE LOS ALIMENTOS, QUE COMO EN ALGUNAS LEGISLACIONES SE ESPECIFICA, BIEN PUEDES ER POLIZA DE FIANZA, HIPOTECA, PRENDA, DEPOSITO EN EFECTIVO, ETC. QUIZA SEA A LO QUE SE REFIERA, QUE EN VEZ DE QUE SEA UNA INSTITUCION DE FIANZAS, BIEN PUDIERA SER UN OBLIGADO SOLIDARIO. PERO QUIERO SUPONER QUE SOLO ES EN CUANTO A LA GARANTIA DE LOS ALIMENTOS. NO A LA OBLIGACION EN SI.

    NO HE VISTO QUE SUCEDA CON PERSONAS FISICAS, PERO EN EL CASO DE EL OTORGAMIENTO DE LA GARANTIA DE LOS ALIMENTOS POR DETERMINADO TIEMPO (NORMALMENTE SON POR UN AÑO) ALGUNOS DEUDORES LOS GARANTIZAN MEDIANTE POLIZAS DE FIANZA, Y AL NO DAR CUMPLIMIENTO SE PROCEDE CONTRA LA AFINAZADORA, ESO SI LO HE OBSERVADO, DESDE LUEGO QUE SOLO LE REQUIEREN EL IMPORTE DE LA GARANTIA. NO ASI A QUE SIGA DANDO LOS ALIMETOS COMO UNA OBLIGCION PROPIA, Y QUIZA EN ESE ESTADO SE PERMITA A UNA PERSONA FISICA HACER LAS VECES DE FIADOR, AUNQUE ME SUPONGO QUE LA PERSONA QUE DEBA SER AVA SOLIDARIO NO LE VAN A REQUERIR UNICAMENTE SU FIRMA, SINO TAMBIEN QUE ACREDITE SU SOLVENCIA. ESE ES MI PUNTO DE VISTA, SALUDOS  ABOGADOS.