- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 97487
- Autor : RAHR
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 137
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 44 %
- : 55 %
-
AutorRespuesta No: 204220
-
Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 11:22 2011-01-11 11:22 desde IP: 201.134.188.66
Estimada consultante, en atención a tu consulta, te comento lo siguiente:
En caso de discrepancia en un título de crédito, se debera estar a lo dispuesto por el art. 16 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito:
Artículo 16.- El título de crédito cuyo importe estuviere escrito a la vez en palabras y en cifras, valdrá, en caso de diferencia, por la suma escrita en palabras. Si la cantidad estuviere escrito varias veces en palabras y en cifras, el documento valdrá, en caso de diferencia, por la suma menor.
Por lo tanto el error que mencionas es subsanable, y puedes presentar la demanda mercantil correspondiente.
A tus órdenes en mi oficina virtual de este mismo sitio, para cualquier duda, comentario o aclaración al respecto. Si te pareció útil la respuesta márcalo así.
Saludos...................RAHR
-
Autor