- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 97312
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 203998
-
Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 01:12 2011-01-10 01:12 desde IP: 189.216.174.238
Si él tiene hijos reconocidos fuera del matrimonio, Usted puede reclamar pensión no sólo para su hijo sino también para Usted por ser cónyuge inocente, consiga el o las actas de nacimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio y con ellas demande el divorcio necesario por adultario, la pensión para ambos y la pérdida de la patria postestad de su hijo. En cuanto a los bienes inmuebles, si se casó por sociedad conyugal de corresponre del cincuenta por ciento de la casa y del menaje de la misma.
-
Autor