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  • Consulta : 97312
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 203998

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si él tiene hijos reconocidos fuera del matrimonio, Usted puede reclamar pensión no sólo para su hijo sino también para Usted por ser cónyuge inocente, consiga el o las actas de nacimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio y con ellas demande el divorcio necesario por adultario, la pensión para ambos y la pérdida de la patria postestad de su hijo. En cuanto a los  bienes inmuebles, si se casó por sociedad conyugal de corresponre del cincuenta por ciento de la casa y del menaje de la misma.