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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Febrero de 2019 22:24 2019-02-18 22:24 desde IP: 189.236.46.30
Hay muchas cosas a considerar; si no ha prescrito la acción cambiaria (pasaron al menos ya 5 años según ud.), si dentro del domicilio hay bienes que valgan la pena, es decir, que su valor se acerquen a los 6 millones y además saber si el dueño de éstos era el suor del pagaré.
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