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  • Consulta : 284929
  • Autor : CONSULTORIADEGRUPO45
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  • CONSULTORIADEGRUPO45
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    USTEDES NO NECESITAN EL CONSENTIMIENTO DE ELLOS PARA ABRIR LA SUCESIÓN, EL MISMO JUEZ LOS NOTIFICARA PARA OBLIGARLOS A COMPARECER AL PROCEDIMIENTO, LA CASA LES CORRESPONDE A PARTES IGUALES A CADA UNO DE LOS HIJOS, DEBEN APRESURARSE A HACERLO PARA NO PERDER SUS DERECHOS. CUALQUIER DUDA, ASESORIA O CONSULTA ADICIONAL CON GUSTO AL 9 1 8 3 3 8 0 4 LIC. CONTRERAS.