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  • Consulta : 284371
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 398211

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo que se entiende ... es que tienes una plaza... y que se te dan el contrato previo de la otra... debes renunciar a la primera... y... si no te contratan en forma definitiva... pierdes ambas plazas... y decir que renunciaste a una plaza segura... para tomar otra... no es defensa... y no recuperas la renunciada... y no obligas a la contratación definitiva o de otorgamiento de plaza... o me equivoco... ochoa?