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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Marzo de 2018 15:54 2018-03-12 15:54 desde IP: 187.237.231.41
Lo primero es ver si es procedente o no.... no queda claro cual fue tu régimen en el ISSSTE, 10o transitorio o cuentas individuales, si fue el primero no se puede si fue el segundo sí. Pero .... también hay que ver si te conviene ya que en todo caso tendrías que pensionarte por el rêgimen 97 del IMSS..... Saludos
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